La nueva ley de armas, promulgada por el Presidente Lagos el miércoles 4 de mayo de 2005, contempla una serie de cambios al antiguo cuerpo legal vigente desde 1972.

Tal como se mencionó al comienzo, uno de los puntos en que esta ley pone énfasis es en el de las armas clandestinas, aplicando mayores multas para quienes las fabriquen artesanalmente, las porten o simplemente las tengan, aún cuando existan antecedentes de que no serían empleadas para cometer delitos.

Incluye como elemento sujeto a control a las Bombas Incendiarias (molotov), por tanto, prohíbe su tenencia, uso, porte, fabricación, transferencia, etc.

Además estipula penas más rigurosas para los que adulteren los números de serie y para los que no legalicen los permisos.

Permite que la Autoridad Fiscalizadora y a Carabineros de Chile, verificar que el arma permanece en el lugar declarado en la inscripción, correspondiente a un bien raíz, residencia, sitio de trabajo o lugar que se pretende defender.

El Presidente Lagos destacó que se endurece la sanción para el traspaso ilegal de armas; se establecen normas para los casos de muerte de un titular de permiso y se amplía la facultad de Carabineros de fiscalizar armas.

En la ceremonia de promulgación de la ley, Lagos sostuvo que ahora se prohíbe tener armamento "a personas con prontuario, se le impide acceder al arma a personas que hayan sido sancionados por delitos que tienen que ver con violencia intrafamiliar, por ejemplo. Vale decir, tener un arma implica tener buenos antecedentes. Si no, no tiene arma, no tiene derecho. De esa manera vamos estableciendo una sociedad distinta".

Acreditar conocimiento

Uno de los puntos más discutidos de la antigua ley es que ésta no estipula como requisito el certificar conocimiento en el uso de armas de fuego. Sin embargo, la nueva exige, antes de conceder un permiso, acreditar conocimiento en el manejo de este tipo de artefactos, además de aptitud física y psíquica. “No es que estemos en contra que un chileno honrado tenga un arma en su casa. Simplemente nos parece que no es el camino adecuado para enfrentar el tema de la delincuencia”, dijo el Mandatario.

Otro de los puntos interesantes que establece el cuerpo legal es que quienes tengan armas prohibidas o no debidamente inscritas, y que hagan entrega de ellas a la autoridad, sin que haya mediado actuación policial, judicial o del Ministerio Público, estarán exentos de responsabilidad penal.

También extiende un "periodo de gracia" de cuatro meses, en el cual se podrá regularizar las inscripciones y las transferencias en forma gratuita.
El subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, destacó la importancia de la nueva normativa ya que permitirá conocer la historia del armamento que ingresa al sistema en un registro en línea. "Hay en el país un conjunto de armas que no tenemos claro en manos de quién está y de ahora en adelante, a partir de la nueva ley, vamos a tener un rigor sobre el control de ellas", indicó el Subsecretario.

Términos y condiciones de la información © El Mercurio S.A.P.