PENAS PRIVATIVAS DE LIBERTAD
- Internamiento en régimen cerrado con programa de reinserción social: El adolescente reside, privado de libertad, en un centro especializado para adolescentes, bajo un régimen orientado al cumplimiento de los objetivos de la ley.
- Internamiento en régimen semicerrado con programa de reinserción social: El adolescente debe residir obligatoriamente en un centro de privación de libertad, sujeto a un programa de reinserción social a ser desarrollado tanto al interior del recinto, como en el medio libre.
- La privación de libertad es el último recurso, que debe ser aplicado sólo en casos excepcionales, cuando no hubiese otro mejor.
En este segundo intento -después de que en mayo de 2006 la puesta en marcha de la ley fuera aplazada por un año- la nueva justicia juvenil enfrentó un camino complejo, con voces que pedían la postergación desde la propia Concertación, y con una paralización de los funcionarios del Servicio Nacional de Menores (Sename) que amenazó la puesta en marcha cuando ya se entraba en la cuenta regresiva, pero también con la firme decisión del Gobierno de respetar los plazos y marcar un nuevo hito en materia judicial, después de entrada en vigencia de la Reforma Procesal Penal.