La legislación chilena

Mucho se ha hablado y normado el arte del tatuaje en los últimos años. Sin embargo, aún existe desconocimiento o una simple falta de responsabilidad a la hora de decidir hacerse un tatuaje.

Para aquellas personas que ya tomaron la decisión de tatuarse es aconsejable tener presente la elección de un tatuaje y de un tatuador, quien según la legislación chilena debe utilizar guantes de látex, estar vacunado contra la hepatitis B y recibir un certificado sanitario oficial al momento de realizar la obra.


guantes y maquina de tatuar


De esta manera, para irse a la segura es necesario fijarse en que el establecimiento en el que se realice el tatuaje cuente con el debido permiso del Ministerio de Salud, normativa que en 2003 reguló el ejercicio de esta práctica.

Además de esas normas básicas de higiene y control es también recomendable tener presente otros factores, entre ellos: la tinta que se utilizará; el tamaño del dibujo y el lugar del cuerpo donde se tatuará (considerando el paso de los años y los cambios físicos); y el tipo de piel, para lo que se recomienda hacer una prueba de alergia al pigmento 24 horas antes.

Según el decreto 304 del Ministerio de Salud, "bajo ninguna circunstancia se realizarán procedimientos de este tipo si la piel o mucosa que serán intervenidas tienen un proceso infeccioso u otro tipo de lesión, tal como pústulas, abscesos, acné o dermatitis (inflamación de la dermis)".

Bajo ningún concepto puede usarse un instrumento que anteriormente ya ha sido utilizado en otra persona. Esto no sólo tiene que ver con las agujas, sino además con el agua con la que se aclara la punta para limpiarla del color, la cuchilla usada para rasurar la zona a tatuar, la vaselina, los guantes, las puntas (que deben ser colocadas en la máquina esterilizadora después de cada uso), entre otros.