GUÍA DE SERVICIOS

Pensión de vejez

¿Qué es?

Es uno de los beneficios previsionales consagrados en el D.L. N° 3.500 de 1980 y consiste en el derecho que tienen los afiliados al Sistema de Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) a obtener una pensión una vez que hayan cumplido la edad legal para tales efectos (65 años los hombres y 60 años las mujeres) .

¿Dónde se realiza?

Los interesados en solicitar la pensión por vejez deben dirigirse personalmente a la AFP en la que se encuentran afiliados. También pueden hacerlo por correo enviando los formularios "Solicitud de pensión" y "Declaración de beneficios".

¿Cómo se calcula ?

El monto de la pensión por vejez se determina mediante el saldo efectivo de la cuenta de capitalización individual y de las expectativas de vida del afiliado y de su grupo familiar que sean beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

El saldo se constituye por el capital acumulado por el afiliado en el se incluye:

- Cotizaciones.
- La rentabilidad que se ha obtenido.
- Si corresponde bono de reconocimiento.
- La contribución y transferencia de fondos que el afiliado eventualmente pueda realizar desde su cuenta de ahorro voluntario a su cuenta de capitalización individual.

* Fuente: www.jubile.cl




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