EMOLTV

La ANFP llamó a elecciones, pero ¿quiénes pueden postular a ser presidente?

El Estatuto del organismo establece que los requisitos para asumir el cargo son ser mayores de edad, haber sido presidente de un club a lo menos un año, o haber pertenecido al Directorio del ente por no menos de tres años.

25 de Noviembre de 2015 | 07:02 | Emol
imagen

Hay que llenar estos puestos.

Archivo El Mercurio
SANTIAGO.- A menos de una semana que se oficializara la renuncia de Sergio Jadue como presidente, la ANFP ya llamó a elecciones para el próximo jueves 17 de diciembre.

Pero, ¿quiénes puedan optar a ser presidentes del ente rector del fútbol chileno?

Los Estatutos de la ANFP explican, en su artículo 18, que para postular "se requiere mayoría de edad, haber sido Presidente de un club de Fútbol Profesional a lo menos por un año, o haber desempeñado el cargo de miembro del Directorio de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional por un lapso no inferior a tres años".

Ahora, "no podrán ser elegidos Presidente o director de la Asociación las personas que hayan desempeñado cargos directivos en clubes que no pertenezcan a la Primera División o Primera B, al momento de su elección".

La ANFP explicó que la elección se realizará de acuerdo a dos artículos, el 15 y el 24.

El 15° establece que: "El Directorio estará presidido por el Presidente de la Asociación o por quien lo subrogue. En caso de fallecimiento, renuncia, ausencia por más de 60 días sin autorización del Directorio, o imposibilidad permanente del Presidente para el desempeño de su cargo, se llamará a una nueva elección por lo que falte del período, salvo que la vacante se produzca dentro del año en que corresponda renovar el Directorio, en cuyo caso lo subrogará el Vicepresidente".

Y finalmente el 24, entre otras cosas: "Para la elección del Directorio de la Asociación los Consejeros votarán con las ponderaciones señaladas en el artículo 9º, de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) La Elección se efectuará por el sistema de lista completa, que contendrá los nombres de los candidatos a Presidente, y seis Directores, debiendo incluirse en la lista, a lo menos, a dos representantes de clubes de Primera B.
b) Las listas de candidatos deberán ser presentadas a la Asociación al menos siete días antes del inicio del mes de la elección.
c) El Directorio de la Asociación deberá que los candidatos de las listas que se le presenten cumplan con los requisitos que exigen estos Estatutos y el Reglamento. En caso de duda, someterá la consulta a la Comisión Jurídica".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?