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Papa Francisco dicta norma que obliga a miembros de la Iglesia a denunciar abusos sexuales

El documento establece además un procedimiento y plazos concretos para actuar ante las denuncias, y protege a los denunciantes y las víctimas.

09 de Mayo de 2019 | 08:06 | EFE
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EFE
El Papa Francisco firmó una norma que obliga a denunciar cualquier presunto abuso sexual o de poder por parte de un clérigo, establece el procedimiento que se debe seguir en las diócesis ante estos casos y exige celeridad en las investigaciones preliminares.

La principal novedad del documento –llamado "Vos estis lux mundi" (Vosotros sois la luz del mundo), que fue publicado hoy– es que los religiosos tienen la "obligación de informar a un obispo o al superior religioso" sobre estos hechos, lo que no "interfiere ni modifica ninguna otra obligación de informar a las autoridades civiles competentes".

Esto se aplicará a todos los delitos en los que "se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales; realizar actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable; producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil". También incluye actos de violencia en contra de las religiosas por parte de clérigos y el acoso a seminaristas o novicios.

Otro punto relevante de la norma es la protección de los denunciantes y víctimas, ya que establece que éstos no pueden ser objeto de "prejuicios, represalias o discriminación", y que nadie puede imponerles la obligación de silencio con respecto al contenido, por lo que pueden hablar con ellos con quien quieran, incluida la prensa.

Instruye además que "las autoridades eclesiásticas se han de comprometer con quienes afirman haber sido afectados, junto con sus familias, para que sean tratados con dignidad y respeto, y han de ofrecerles, en particular, acogida, escucha y seguimiento, incluso mediante servicios específicos; atención espiritual y asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso".

Se establece un procedimiento claro y plazos ante una denuncia


El documento establece además reglas claras sobre el procedimiento que se debe seguir en caso de una denuncia. Y exige a todas las diócesis del mundo contar, antes de junio de 2020, con un sistema accesible a cualquiera que quiera denunciar.

Se establece que las denuncias deben ser inmediatamente comunicadas al obispo o al superior de la congregación u orden de la diócesis donde se han producido los hechos, pero también se permite que se comunique a otros obispos.

Si la persona señalada es un obispo o un cardenal, el informe se enviará al obispo metropolitano o al más antiguo del país y se tendrá que informar urgentemente al dicastero, el ministerio correspondiente de la Santa Sede, y a la Secretaría de Estado.

Excepto que el "primer informe sea manifiestamente infundado", el obispo metropolitano solicitará al dicasterio competente el encargo de iniciar la investigación. Y en el caso de que el obispo considere que el informe es "manifiestamente infundado", lo tendrá que comunicar al representante pontificio en el país, para que lo comunique a la Santa Sede que decidirá si realmente es así.

Otro de los puntos relevantes es que se da un tiempo para gestionar las denuncias. Una vez informado, el dicasterio "procederá sin demora y, en cualquier caso, dentro de los treinta días posteriores a la recepción del primer informe por parte del representante pontificio".

Además, desde el inicio al cierre de las investigaciones preliminares en la diócesis no tendrán que pasar más de 90 días, aunque se podrá aumentar el plazo por motivos justificados.

Para la investigación, se contará con un notario que acompañará al obispo y el obispo podrá elegir un equipo de expertos laicos.

Esta nueva ley es una de las "propuestas concretas" prometidas por el Papa para erradicar los abusos en el seno de la Iglesia, después de la histórica reunión sobre el tema que se celebró en febrero con los representantes de todas las conferencias episcopales.
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