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Los objetivos que persigue la demanda de Chile en contra de Bolivia por las aguas del Silala

Basándose en la jurisdicción del Pacto de Bogotá, la defensa chilena espera que La Haya determine que el uso del río está "regido por el derecho internacional", y que se fijen las obligaciones de La Paz ante el mismo.

06 de Junio de 2016 | 10:46 | Por María Cristina Romero, Emol
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El Mercurio / Archivo
SANTIAGO.- Hace casi tres meses comenzó el trabajo de Chile para preparar la demanda interpuesta este lunes en contra de Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, y con la cual se busca defender los intereses del país en la controversia que se ha generado por el uso de las aguas del río Silala.

Para ello, Chile cuenta con un equipo de juristas nacionales e internacionales, que incluyen expertos en recursos hídricos, siendo encabezado por la directora de Fronteras y Límites de la Cancillería y especialista en Derecho Internacional, Ximena Fuentes, y por los coagentes, María Teresa Infante y Juan Ignacio Piña.

El titular de Relaciones Exteriores (RR.EE.) además detalló que para esta nueva demanda, Chile se basa en la jurisdicción del Pacto de Bogotá, pidiendo a la Corte que decida lo siguiente:

1.- "Que el río Silala es un curso de agua internacional, cuyo uso se encuentra regido por el derecho internacional".

2.- "Que Chile tiene derecho a un uso equitativo y razonable de las aguas del río Silala en conformidad al derecho internacional".

3.- "Que bajo el estándar de uso equitativo y razonable Chile tiene derecho al uso que actualmente hace de las aguas del río Silala".

4.- "Que Bolivia tiene la obligación de tomar todas las medidas adecuadas para prevenir y controlar la contaminación y otras formas de daño a Chile, resultante de sus actividades en las cercanías del río Silala".

5.- "Que Bolivia tiene la obligación de cooperar con Chile y notificarle oportunamente de medidas que haya planificado y que puedan tener un efecto adverso en los recursos hídricos compartidos, de intercambiar antecedentes e información y de conducir cuando sea apropiado un estudio de impacto ambiental en orden a permitir a Chile evaluar los posibles efectos de estas medidas planificadas".
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