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Los hechos que se le atribuyen a Juan Emilio Cheyre en el caso Caravana de la Muerte

Hoy, el ministro Mario Carroza sometió a proceso al ex comandante en jefe del Ejército y a otras ocho personas, por su participación en las torturas y muerte de 15 personas en el Regimiento de Infantería N° 21 de Coquimbo.

07 de Julio de 2016 | 20:18 | Por Andrea González Schmessane, Emol
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El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- Este jueves, el ministro Mario Carroza sometió a proceso al ex comandante en jefe del Ejército Juan Emilio del Sagrado Corazón de Jesús Cheyre Espinoza, en el marco del denominado caso Caravana de la Muerte.

En el fallo, el magistrado establece que las pruebas obtenidas durante la investigación son suficientes para establecer que tras el 11 de septiembre de 1973 "el Comandante en Jefe del Ejército de la época Augusto Pinochet Ugarte, le encomienda a su subalterno, el General de Brigada Sergio Arellano Stark, recorrer el país para acelerar los procesos que afectaran a detenidos políticos y en su caso, proceder a su ejecución".

En este escenario, detalla en su resolución, el día 16 de octubre "arriba a la ciudad de La Serena un helicóptero 'Puma' del Ejército de Chile" con un grupo de militares comandados por Arellano Stark, quien tras sostener una reunión con Ariosto Lapostol -también procesado en la causa- requiere información sobre los 15 prisioneros políticos que serían ajusticiados, razón por la cual, se los retira desde la cárcel Pública de La Serena donde se encontraba recluidos por diferencias ideológicas y los trasladan "sin derecho ni decreto alguno", hasta el Regimiento de la Ciudad de La Serena.

Allí, "los detenidos fueron ajusticiados sin juicio previo alguno, mediante disparos efectuados por personal del Ejército", establece la resolución de Carroza.

Asimismo, agrega que posterior a ello, se ordena la inscripción de las defunciones de las víctimas sin las autopsias respectivas ni el reconocimiento por parte de sus familiares, siendo sepultados "de manera oculta" en una fosa común en el Cementerio de la ciudad.

"Una vez concluida la etapa de desaparición de los cuerpos de las víctimas, las autoridades del Regimiento, Jefatura de Zona, resuelven publicar en los medios de comunicación un Bando Militar donde se informaba a la ciudadanía que se había ejecutado a quince extremistas en cumplimiento de lo resuelto por los tribunales", continúa el dictamen.

Y agrega que las víctimas solo fueron reconocidas en 1998 tras encontrarse osamentas humanas, "todas las cuales presentaban múltiples impactos de proyectil en diferentes partes de sus cuerpos".

Todos estos hechos, a juicio del ministro, constituyen el delito de homicidio calificado, y sobre la base de diversas declaraciones de testigos, careos y diversas diligencias, es posible desprender presunciones fundadas para responsabilizar en calidad de cómplices a Ariosto Lapostol, Víctor Hugo Alegre, Jaime Manuel Ojeda, Hernán Emilio Baldevenito, Guillermo Oscar Raby Arancibia, Mario Hernando Vargas, Hugo Leiva González y Juan Emilio Cheyre.

Asimismo, se establece que a Armando Fernández Larios le cabe responsabilidad en calidad de autor de los actos denunciados.
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