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Juez Madrid condena a seis personas por el homicidio del ex Presidente Eduardo Frei Montalva ocurrido en 1982

El magistrado dictó penas efectivas para el médico Patricio Silva, el chofer del ex Mandatario, Luis Becerra Arancibia, y el agente de la CNI, Raúl Lillo Gutiérrez.

30 de Enero de 2019 | 15:24 | Por Tamara Cerna, Emol
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Eduardo Frei Montalva gobernó el país entre 1964 y 1970.

El Mercurio
SANTIAGO.- Tras 16 años de investigación, el ministro en visita, Alejandro Madrid, condenó a seis personas por el fallecimiento del ex Presidente Eduardo Frei Montalva mientras se encontraba internado en la Clínica Santa María en enero de 1982.

Se trata de la primera condena judicial en la historia de Chile por el homicidio de un ex Jefe de Estado. Frei, fundador de la Democracia Cristiana, gobernó el país entre 1964 y 1970.

En una sentencia de 811 páginas, el magistrado condenó al médico Patricio Silva Garín a la pena efectiva de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor del delito de homicidio.

Además, se condenó como coautores del mismo delito a Luis Becerra Arancibia, quien ejercía como chofer personal del mandatario e informante de la Central Nacional de Informaciones (CNI), y Raúl Lillo Gutiérrez, agente civil de la CNI, a la pena efectiva de siete años de presidio mayor en su grado mínimo.

También, el ministro Madrid sentenció al médico Pedro Valdivia Soto a la pena efectiva de cinco años de presidio menor en su grado máximo por su responsabilidad como cómplice del mismo hecho.

También se sentenció a los tanatólogos Helmar Rosenberg Gómez y Sergio González Bombardiere a las penas de tres años de presidio menor en su grado medio en calidad de encubridores, pena que deberán cumplir mediante la remisión condicional.

A lo largo del proceso han aparecido distintas teorías sobre la causa de muerte del Mandatario. En un principio se habló de una complicación médica, pero ya con la exhumación de cuerpo del ex jefe de Estado en 2006, se instaló la idea de un envenenamiento.

Ya en diciembre de 2009 el magistrado estableció judicialmente que el deceso se debió a un homicidio mediante la introducción paulatina de sustancias no convencionales y la aplicación de un fármaco no autorizado, el cual se intentó hacer aparecer como originado por complicaciones derivadas de intervenciones quirúrgicas.
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