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Consulta indígena: ¿Cómo y dónde se debatirá el futuro de la ley que reconoce los pueblos originarios?

Más de 130 localidades reunirán a miembros de estas comunidades, que junto a sus instituciones representativas analizarán y propondrán mejoras a la normativa N°19.523 promulgada en 1993.

20 de Mayo de 2019 | 08:03 | Por Equipo Multimedia, Emol.
El martes 9 de abril, la Subsecretaría de Servicios Sociales del Ministerio de Desarrollo Social invitó a los pueblos indígenas y sus instituciones representativas, a participar del proceso de consulta indígena que busca modificar la actual legislación relacionada a la materia. Revisa aquí los detalles del procedimiento administrativo:

  • ¿Qué normativa regula este proceso?

    El “Convenio 169” sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, ratificado durante el 2008 en nuestro país. Este dispone en su art. 6, que “los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.

  • ¿Cuáles son las etapas?

    Se estima que el proceso debería extenderse por unos seis meses, contemplando las siguientes etapas:

    Planificación del proceso de consulta: donde se consideran reuniones para entregar la información preliminar pertinente, acordando metodología e intervinientes.

    Información: donde se difunde el material del proceso entregado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, quienes entregan la totalidad de antecedentes sobre la medida a consultar.

    Deliberación Interna: donde el ministerio facilita las condiciones para que los pueblos se puedan reunir a analizar, estudiar y determinar sus posiciones sobre la medida, de manera que puedan preparar el diálogo. Termina cuando se realizan cierres regionales, que tienen por objetivo consensuar una postura entre los dirigentes y llevarla al diálogo nacional.

    Diálogo Nacional: en conjunto con los representantes de los pueblos indígenas y la cartera de Desarrollo Social.

    Sistematización: consiste en trabajar la información, para entregar resultados y terminar el proceso. Entrega del informe final y expediente de la Consulta Indígena.

  • ¿Quiénes pueden participar

    Todos los miembros de los pueblos indígenas, es decir, que descienden de poblaciones que habitaban el territorio nacional desde tiempos precolombinos, y que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias. En Chile, específicamente, se reconocen nueve de ellas a través de la Ley 19.253: Aimara, Quechua, Atacameños, Colla, Diaguita, Rapa Nui, Mapuche, Kawashkar y Yagán.

    Por lo mismo se espera que participen, entre otros: representantes indígenas electos en el Consejo Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), representantes de las Asociaciones y Comunidades indígenas, autoridades tradicionales y religiosas de cada una de ellas, lonkos, caciques Huilliches, los comisionados electos de la Comisión de Desarrollo de la Isla de Pascua, el Consejo de Ancianos de Rapa Nui, el Consejo Nacional Aymara, el Consejo de Pueblos Atacameños y los Consejos Directivos de las Áreas de Desarrollo Indígena.

  • ¿Dónde y cuándo?

    En más de 130 localidades a lo largo de Chile, entre el miércoles 22 de mayo y el jueves 20 de junio. Conoce en detalle la fecha y hora de las reuniones en el siguiente mapa de Emol:

  • ¿Qué ocurre una vez finalizada?

    Una vez concluida la Consulta Indígena, cuya finalidad es llegar a diversos acuerdos sobre las medidas a consultar, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia ingresará los proyectos de ley al Congreso que actualicen la Ley Indígena 19.253. Respecto de las medidas sobre las cuales no se logre acuerdo, el ejecutivo deberá fundamentar la imposibilidad de haber llegado acuerdo.

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