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Tribunal Electoral declara nula elección donde Zolezzi fue elegido rector de la U. de Santiago

El organismo acogió el reclamo de académicos que fueron excluidos del proceso y determinó que Juan Manuel Zolezzi deberá "cesar en el ejercicio de su cargo" y la universidad convocar a nuevas elecciones dentro de 30 días.

29 de Mayo de 2019 | 09:50 | Por Natacha Ramírez, Emol
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Juan Manuel Zolezzi deberá "cesar en el ejercicio de su cargo", según determinó el Tribunal Electoral.

Agencia Uno
SANTIAGO.- El Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana declaró nula la elección donde Juan Manuel Zolezzi resultó elegido –por estrecho margen– como rector de la Universidad de Santiago por un cuarto periodo consecutivo.

El tribunal acogió una reclamación presentada por doce académicos de esa universidad estatal, que acusan que la elección adoleció de un "vicio" que habría resultado determinante en el resultado de la votación, ya que se excluyó "en forma ilegal y arbitraria" a una inmensa cantidad de académicos de ese plantel estatal.

Se trata de los profesores por hora, que suman más de mil, quienes no fueron considerados en el padrón. En esa ocasión se permitió votar sólo a los académicos de mayor jerarquía (profesor titular, profesor asociado y profesor asistente, además de los profesores eméritos y académicos de excelencia), con lo que el universo de votantes fue de 692 personas.

30días tiene la Universidad de Santiago para efectuar una nueva elección de rector
En la segunda vuelta –que se realizó el 13 de julio de 2018– Zolezzi se impuso por sólo 20 votos a su contendor (342 versus 322).

Si bien en las elecciones de los años anteriores sólo votaban los académicos de mayor jerarquía, la nueva Ley sobre Universidades Estatales reconoció el derecho a voto de todos los académicos que desarrollen actividades en forma regular y continua, ampliando el universo electoral.

El Tribunal Electoral decidió acoger la reclamación de los docentes y, junto con anular la elección, determinó en su sentencia que Juan Manuel Zolezzi "deberá cesar en el ejercicio de su cargo".

Ordenó además que la Universidad de Santiago debe efectuar un nuevo acto eleccionario en un plazo de 30 días desde que la sentencia quede ejecutoriada, en el que "tendrán derecho a sufragar todos los académicos que cumplan los requisitos establecidos" en la ley.
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