EMOLTV

Revocan prisión preventiva de seis carabineros formalizados por torturas y agresión sexual a universitario

Entre los argumentos dados, la Corte de San Miguel indicó que, por el momento, no hay antecedentes suficientes que permitan llegar a la certeza de que hubo un ataque sexual.

06 de Enero de 2020 | 18:15 | Por T. Cerna, Emol.
imagen
Cedida.
SANTIAGO.- Con nuevas medidas cautelares quedaron los seis carabineros que fueron formalizados por las agresiones que sufrió un estudiante universitario durante el estado de emergencia en la comuna de Pedro Aguirre Cerda.

Así lo decidió este lunes la Corte de Apelaciones de San Miguel, luego de revocar la prisión preventiva que hace más de una semana dictó el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, luego que el grupo de uniformados fuera formalizado por torturas, abuso sexual agravado y apremios ilegítimos.


De acuerdo a los antecedentes recopilados por la Fiscalía Sur, J.M., estudiante de la U. Católica, fue detenido a eso de las 02:00 del 21 de octubre en un supermercado, trasladado a un carro policial donde fue golpeado e insultado por tres imputados.

Posteriormente, sostiene el ente persecutor, J.M. fue golpeado en la 51° Comisaría, siendo abusado sexualmente con un bastón policial. Aquello último habría sido realizado por otros tres policías. Así también, se indicó que dos de los imputados agredieron a otro aprehendido con golpes de bastón, de pie y puño.

El caso escaló hasta la Segunda Sala del tribunal de alzada de San Miguel, en donde se indicó de manera unánime que, en base a los antecedentes recopilados a la fecha, no se puede llegar hoy a la total certeza de que hubo un ataque sexual.

"Que enseguida y con los antecedentes hasta ahora reunidos, esto es, informe del Servicio Médico Legal y declaración del perito señor Claudio Pérez, se desprende la existencia de lesiones corporales en perjuicio de la víctima (...), más no se encuentra configurado el presupuesto material del artículo 140 letra a) del Código Procesal Penal en relación al numeral 2 del artículo 150 letra b) del Código Penal, al no existir en esta etapa, certeza respecto de la concurrencia del verbo rector del tipo penal establecido en el artículo 365 bis inciso primero del mismo cuerpo legal", indica el fallo.

Misma decisión se adoptó sobre las agresiones que habrían afectado al otro detenido.

"Que acorde lo razonado, y respecto de los delitos por los cuales se encuentran formalizados los imputados, la necesidad de cautela se satisface con otra medida de menor intensidad que la prisión preventiva".

Corte de San Miguel.
La Corte también recalcó que "las medidas cautelares personales sólo deben ser impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento, debiendo mantenerse mientras subsista dicha necesidad, y siendo la prisión preventiva, la más grave de éstas, procederá cuando concurran copulativamente los presupuestos contemplados en el artículo 140 del Código Procesal Penal".

Y zanjan: "Que acorde lo razonado, y respecto de los delitos por los cuales se encuentran formalizados los imputados, la necesidad de cautela se satisface con otra medida de menor intensidad que la prisión preventiva".

Así, se dictó arraigo nacional y arresto domiciliario total respecto cinco imputados; y arraigo y firma mensual para la única mujer formalizada del grupo.

La decisión se suma a la que también adoptó hoy la Corte de Apelaciones de Santiago. El tribunal revocó la prisión preventiva de cinco carabineros formalizados por torturas contra un manifestante en Plaza Ñuñoa, cuestionado además que se calificaran los hechos como tal delito.

Ante la resolución, el abogado de los efectivos, Rodrigo Lazo, indicó que "como defensa nos deja enormemente satisfechos (la resolución), puesto que no sólo da lugar a revocar la resolución que decretó la prisión preventiva, ordenando la inmediata libertad de todos ellos, sino que además avanza un tremendo paso que señala que los hechos que se están imputando a nuestros defendidos no están acreditados suficientemente en la carpeta".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?