EMOLTV

Las ya jubiladas no recibirán bono por hijos

14 de Febrero de 2008 | 09:57 |
imagen
Se trata de uno de los beneficios más aplaudidos de la reforma previsional, el proyecto estrella del Gobierno de Michelle Bachelet que fue despachado el miércoles por el Congreso: las mujeres percibirán un bono en sus cuentas de ahorro de pensiones por cada hijo nacido vivo que tengan.

Si bien se trata de un beneficio universal, hay excepciones. Y la más notoria es que las actuales jubiladas, sin importar ninguna otra consideración, no obtendrán el bono independientemente del número de hijos que hayan tenido.

Una de las explicaciones que da el Gobierno es que la mayor parte de las jubiladas de hoy lo son del antiguo sistema de cajas (a través del Instituto de Normalización Previsional, INP), el cual ya concedía un beneficio integrado por maternidad. Otra razón que dan en el oficialismo es que, como el bono se deposita para que rente durante un período y así incremente su patrimonio, no hay tiempo para ello en el caso de una pensionada, por lo que el monto se esfumaría al tener que entregarlo durante todo lo que reste de la pensión.

El bono equivale al 10% de 18 salarios mínimos, lo que a valor actual da un monto de $260 mil.

Según explica la superintendenta de AFP, Solange Berstein, el derecho lo tienen aquellas mujeres que cumplan 65 años y que se pensionen después de promulgada la iniciativa, sin importar al grupo socioeconómico al que pertenezcan.

Son elegibles todas las que reciben las pensiones solidarias; en el resto, basta con que sean beneficiarias de una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, o bien que al menos hayan cotizado una vez en su vida laboral (sin importar si son del grupo social de más recursos) para acceder al beneficio.

De lo anterior surge la segunda excepción: no tienen derecho las madres que, no siendo elegibles para la Pensión Básica Solidaria, nunca cotizaron en el sistema.

Hay una tercera condición: si la mujer sólo cotizó en una antigua caja (hoy en INP) y no después en una AFP, cuando jubile tampoco tendrá el derecho, dice Berstein. La justificación es similar a la primera excepción: esas mujeres ya cuentan con un cierto reconocimiento por sus hijos incluido en el cálculo del INP.

¿Cómo es el beneficio?
El bono es por el 10% de 18 salarios mínimos. Hay que distinguir dos situaciones: aquellas mujeres que tendrán hijos después de iniciada la reforma, y aquellas que los tuvieron antes.

En el primer caso, el bono a nombre de la mujer comienza a rentar desde la fecha de nacimiento de su hijo. Entre ese momento y hasta que la mujer cumple 65 años, se le asegurará una rentabilidad aproximada del 9% (se sigue el fondo C de los multifondos). Después de los 65 años, la madre puede elegir si el bono continúa en el fondo C o se cambia al D o al E (menos riesgosos). El monto acumulado engrosará su pensión, de modo que, calculando las tablas de mortalidad, se distribuirán sus recursos a lo largo de su jubilación.

En el segundo caso, el bono se activa cuando parta la reforma: sólo desde entonces comienza a rentar (siguiendo el fondo C) como si ésa fuese la fecha de nacimiento del hijo. El resto es igual: la mujer lo recibe en su cuenta individual al cumplir 65 años, luego decide en qué fondo lo inyecta y lo que acumule lo percibirá a lo largo de su vejez.



EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?