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Justicia japonesa anula ley que prohibía a divorciadas volver a casarse antes de 6 meses

Regía desde hace más de 100 años y su objetivo era evitar posibles confusiones sobre la paternidad de hijos concebidos justo después de la separación.

16 de Diciembre de 2015 | 09:45 | EFE
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AP (imagen referencial)
TOKIO.- El Tribunal Supremo de Japón declaró hoy inconstitucional una ley que prohibía a las mujeres divorciadas volver a contraer matrimonio hasta que no transcurrieran seis meses de su separación, una norma que estaba en vigor desde 1898.

La máxima instancia judicial del país asiático se pronunció así sobre el artículo 733 del Código Civil nipón, a raíz del proceso judicial iniciado por una japonesa que se había divorciado de su marido tras sufrir violencia de género, según recoge la agencia local Kyodo.

El Supremo dio la razón a la demandante, quien argumentó que este artículo impone restricciones excesivas a las mujeres y que por tanto vulnera el principio constitucional que garantiza la igualdad de todos los ciudadanos.

La normativa impide a las mujeres divorciadas volver a casarse en un plazo de seis meses tras su separación, con el objetivo de evitar posibles confusiones sobre la paternidad de hijos concebidos justo después del divorcio.

La demandante, una mujer de unos 30 años, presentó en 2011 una denuncia en un tribunal local en la que reclamaba al Estado una indemnización de 1,65 millones de yenes (15.000 euros) por los "daños psicológicos" que le supuso esperar seis meses para casarse con su nueva pareja, informó Kyodo.

Asimismo, el Tribunal Supremo nipón declaró hoy constitucional otra controvertida ley del Código Civil, que obliga a marido y mujer a compartir un sólo apellido, a elegir entre el del hombre o el de la mujer.

De este modo, uno de los miembros de la pareja debe prescindir de su apellido familiar, ya que en Japón se utiliza un sólo apellido en todos los registros y documentos oficiales.

La máxima instancia judicial nipona considera que la normativa se ajusta a la Constitución, ya que concede a marido y mujer libertad para elegir qué apellido quieren adoptar.

Los seis demandantes que iniciaron el litigio, en cambio, señalaban que esta cláusula incita a la "discriminación de facto de las mujeres", ya que por tradición la mayoría de los matrimonios deciden mantener el apellido del hombre.

Tanto esta ley como la antes citada sobre divorcios forman parte del Código Civil, que está en vigor desde hace más de un siglo y ha sido objeto de numerosas críticas de expertos e incluso de Naciones Unidas, que tachó de "discriminatorias" ambas normativas.

En 1996, el Ministerio de Justicia propuso una revisión de éstas y otras normas del Código Civil, pero la reforma legislativa fue bloqueada por la mayoría en el Parlamento (Dieta) del conservador Partido Liberal Demócrata (PLD), el mismo que Gobierna actualmente.
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