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Yuraszeck dice que fallo absolutorio ratifica motivos políticos de la SVS

El 5° Juzgado Civil de Santiago dejó sin efecto este martes las multas de UF 2.240.000 (US$ 52,1 mills) que, en noviembre de 1997, la SVS aplicó a los 6 ex ejecutivos de Enersis que participaron en el traspaso de control de Enersis a Endesa España.

16 de Julio de 2002 | 19:23 | Valor Futuro
SANTIAGO.- El empresario José Yuraszeck Troncoso dijo este martes que el fallo del Quinto Juzgado Civil de Santiago que anuló la última de las multas cursadas por la SVS en contra de los 6 ex gestores clave de Enersis, ratifica que la decisión adoptada por el ex superintendente de Valores y Seguros, Daniel Yarur, se debió a presiones políticas.

"Los ejecutivos de Enersis siempre sostuvieron que el Superintendente Yarur había tomado la decisión de multarlos presionado por diversos agentes políticos", recordó hoy el empresario en una declaración pública.

En efecto, en noviembre de 1997, cuando fueron notificados de la multa, el abogado defensor Pablo Rodríguez, denunció que "la Superintendencia, con un enfoque sesgado y jurídicamente inaceptable, ha distorsionado estos hechos y aplicado multas desproporcionadas, discriminatorias, destinadas a provocar alarma pública con fines políticos que nadie puede dejar de advertir. Manifestamos nuestra más plena confianza en los Tribunales de Justicia y la convicción de que ellos pondrán fin a esta campaña sin precedente en la historia empresarial chilena, restableciendo el imperio del derecho".

El 1 de julio recién pasado, los Tribunales Superiores de Justicia cerraron
definitivamente los juicios penales que el Consejo de Defensa del Estado y 17 ex accionistas Chispas habían presentado en contra de los ex ejecutivos de Enersis, encabezados por el empresario José Yuraszeck.

Hoy, el 5° Juzgado Civil dejó sin efecto las multas de UF 2.240.000 (US$ 52,1
millones) que, en noviembre de 1997, la Superintendencia de Valores aplicó a los ex ejecutivos de Enersis que participaron en el traspaso de control de Enersis a Endesa España.

Las multas aplicadas en su oportunidad fueron de UF 650 mil a José Yuraszeck y
Marcos Zylberberg; UF 400 mil a Luis Fernando Mackenna; UF 220 mil a Arsenio Molina Alcalde; UF 200 mil a Marcelo Brito León y UF 120 mil a Eduardo Gardella Brusco.

Según enfatizó Yuraszeck, las multas fueron aplicadas por el Superintendente Yarur sin que los ejecutivos tuvieran derecho a defensa y que el único camino para hacerlo fue recurrir a la Justicia demandando a la Superintendencia de Valores y Seguros, lo que se hizo en su oportunidad y que hoy día concluye con el Fallo de la Juez del 5º Juzgado de Letras de Santiago.

En su oportunidad, la SVS sancionó a los ejecutivos de Enersis imputándoles un
supuesto aprovechamiento de oportunidades de negocio que habrían pertenecido a las sociedades Chispas en que se desempeñaban como directores.

A juicio de la Superintendencia, la operación de transferencia del control del grupo eléctrico a Endesa España no debió haberse hecho en la forma pactada por los ejecutivos, es decir, a través de la venta de sus acciones de las sociedades Chispas, sino que mediante la enajenación de las acciones de Enersis que eran, a su vez, propiedad de las Chispas.

El fallo, acogiendo la posición de los ejecutivos, determinó que no existió tal
aprovechamiento, sino que tales ejecutivos simplemente dispusieron de aquello que les pertenecía en propiedad. "Los ejecutivos eran dueños de acciones Chispas y no de Enersis, por lo que mal podrían haber vendido algo que nos les pertenecía".

Asimismo, el tribunal determinó que la forma de hacer la operación que proponía la Superintendencia de Valores y Seguros resultaba inviable, no sólo en razón de no ser legalmente exigible, sino que debido a que tal alternativa no era funcional a los intereses de las partes que participaban en la operación.

Para este efecto, el fallo tuvo presente, entre otras consideraciones, que a través de esta operación Endesa España pretendía adquirir el control "real y efectivo" de Enersis y sus principales filiales, como asimismo, que tal control no era patrimonio de las Chispas, sino que de los mencionados ejecutivos.

De igual modo, el fallo reconoce que la suscripción de los contratos que integraban la operación en caso alguno suponía un "conflicto de intereses" para los ejecutivos del grupo, sino que, por el contrario, una adecuada alineación entre los intereses de dichos ejecutivos y los de los demás accionistas de Enersis.

Con esta resolución se empieza a cerrar el último de los procesos judiciales a que diera lugar el traspaso del control de Enersis a Endesa España. No obstante, los ex ejecutivos aún no pueden 'cantar victoria', ya que la SVS probablemente apelará del dictamen ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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