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Superintendencia formula cargos contra Casino Sol Calama por errores en sus informes

La sociedad operadora de Casino Sol Calama dispone de un plazo de 10 hábiles, contado desde su notificación, para formular los descargos que estime pertinentes.

19 de Abril de 2013 | 12:04 | Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) formuló cargos en contra de la sociedad operadora Latin Gaming Calama S.A. –Casino Sol Calama-, debido a que durante 2012 presentó nueve de sus informes operacionales mensuales con errores e inconsistencias, dando inicio al respectivo proceso sancionatorio por eventuales infracciones.


La entidad detectó que entre enero y septiembre de 2012, Latin Gaming Calama S.A. presentó la información operacional del casino de juego errada en lo referido al win y porcentaje de retención, resultado diario y valores base vigentes de los pozos progresivos de las máquinas de azar, entre otras materias. Ello pese a que el organismo le instruyó desde principios del año pasado que informara las causas de tales inconsistencias, como también las medidas de control que adoptaría, con el objetivo de subsanar las observaciones planteadas y prevenir su ocurrencia en los futuros informes.


Cabe señalar que la información operacional de los casinos de juego es considerada fundamental a objeto de que la Superintendencia efectúe de manera adecuada las labores de fiscalización y control de las actividades y operación de los casinos de juego, de manera tal que al no ser consistente, se afecta el ejercicio de las facultades del organismo.


Cabe señalar que los hechos descritos podrían ser constitutivos de la conducta sancionada en los artículos 31 letra k) y 46 de la Ley N° 19.995, así como también en el artículo 30 letra k) del Decreto Supremo N° 287 de 2005, del Ministerio de Hacienda, los que comprenden desde la revocación del permiso de operación y multas de 90 a 300 Unidades Tributarias Mensuales.


De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 letra e) de la Ley N° 19.995, las sociedades operadoras disponen de un plazo de 10 hábiles contado desde la notificación del oficio de formulación de cargos, para formular los descargos que estime pertinentes.

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