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Padre y madre podrán abrir indistintamente cuentas de ahorro para sus hijos menores de edad

Hasta ahora era el hombre el que tenía libertad de hacer este trámite bancario, mientras que la mujer sólo podía hacerlo bajo ciertas excepciones que no siempre eran respetadas.

23 de Mayo de 2013 | 14:15 | Valor Futuro
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El Mercurio

SANTIAGO.- Buscando eliminar una discriminación respecto de la facultad de abrir cuentas de ahorro para los hijos, la Cámara aprobó con 57 votos y despachó a ley, una iniciativa que permite al padre y la madre, indistintamente, abrir este instrumento bancario para sus hijos menores de edad.


El texto legal establece en la Ley General de Bancos que "las cuentas de ahorros para menores de edad, ofrecidas por los bancos regidos en virtud de lo establecido en esta ley, podrán ser abiertas por el padre o la madre, independiente de quien tenga la patria potestad del menor de edad".


También se modifica la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile, incorporando el siguiente texto: "Independiente de quien tenga la patria potestad, la madre también podrá abrir cuentas de ahorro a favor de su hijo menor de edad".
   
Actualmente, la ley orgánica de BancoEstado establece que "podrá abrir y administrar cuenta de ahorro a nombre del impúber, la persona a quien se haya otorgado la tuición del menor por sentencia judicial y la madre que, por encontrarse separada de hecho del padre del menor o por simple ausencia de éste, tuviere el cuidado del hijo y lo alimentare, circunstancias que deberán acreditarse a satisfacción del Banco".
   
Por otro lado, el Código Civil dispone que "la patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados". En su artículo 244 señala que "la patria potestad será ejercida por el padre o la madre o ambos conjuntamente, según convengan en acuerdo suscrito por escritura pública o acta extendida ante cualquier oficial del Registro Civil, que se subinscribirá al margen de la inscripción de nacimiento del hijo dentro de los treinta días siguientes a su otorgamiento. A falta de acuerdo, al padre toca el ejercicio de la patria potestad".
   
Pese a esto, las autoras de la moción precisan que se han recibido denuncias por parte de mujeres que han señalado la negativa por parte de los bancos de abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos menores de edad, señalando que para abrir dichas cuentas a favor de un menor de edad debía realizarlo sólo el padre, sin hacer la distinción respecto de si la mujer se encuentra separada o no del padre, tal como lo establece la ley.
   
Agrega el texto que muchas veces los bancos interpretan mal la norma, exigiendo a todo evento la presencia del padre al momento de abrir la cuenta de ahorro, lo que no sólo se escapa de lo señalado en la legislación, sino que también es discriminatorio respecto de miles de mujeres que siendo casadas, y viviendo con su familia en el hogar común, se ven imposibilitadas de realizar un trámite tan básico como es abrir una cuenta de ahorro a favor de su hijo.
  
Por ello, las autoras del proyecto han considerado necesario modificar la legislación señalando expresamente que independiente de quien tenga la patria potestad, tanto el padre como la madre podrán abrir cuentas de ahorro a favor de sus hijos menores de edad, con el objeto de evitar que trámites sencillos como éstos, y que van en evidente beneficio del hijo, queden a la libre interpretación de los Bancos.

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