EMOLTV

Justicia rechaza demanda en contra de ex ejecutivos de Enersis por el Caso Chispas

Según el fallo unánime de la Corte de Apelaciones, los demandantes no lograron probar que la actuación de los "gestores claves", les pudiera haber causado perjuicios.

19 de Agosto de 2013 | 13:40 | Emol
imagen

La demanda fue presentada por un grupo de accionistas minoritarios de las sociedades Chispas A en contra de José Yuraszeck y otros cinco ejecutivos.

El Mercurio (Archivo)

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó una demanda presentada por un grupo de accionistas minoritarios, quienes solicitaban una indemnización en contra de ex ejecutivos llamados "gestores claves", por la actuación que tuvieron en el proceso de venta de la sociedad Enersis a Endesa España en 1997.
 
Los ministros de la Tercera Sala del tribunal de alzada Juan Manuel Muñoz Pardo, Enrique Durán Branchi (suplente) y el abogado integrante Héctor Mery confirmaron en fallo unánime la sentencia del 29 Juzgado Civil de Santiago que el 13 de enero de 2006 rechazó la demanda presentada en contra de seis ex ejecutivos del grupo Enersis.
 
La demanda fue presentada por un grupo de accionistas minoritarios de las sociedades Chispas A en contra de José Yuraszeck Troncoso, Marcos Zylberberg Klos, Marcelo Brito León, Arsenio Molina Alcalde, Luis Fernando Mackenna Echaurren (hoy fallecido) y Eduardo Gardella Bruco, por los perjuicios que estos habrían causado al suscribir contratos para la venta de acciones preferentes, negocio que fue como la "Operación del Siglo".
 
Según el fallo del tribunal de alzada, los demandantes no lograron probar que la actuación de los demandados, los "gestores claves", les hubiera causado perjuicios.
 
En el fallo consta que la OPA (Oferta Pública de Acciones) "fue una oportunidad de negocio para los accionistas clase A", destacando que no hay forma de demostrar cómo hubiera sido la venta de las empresas Chispas a Endesa España  "si se hubieran cumplido los deberes fiduciarios de los demandados y que de ello se hayan podido recibir utilidades superiores a las obtenidas".


Según el tribunal, se trata de "una situación hipotética, cuyas probabilidades de haber existido no es posible conocer ya que frente al interés de la empresa española de comprar las Chispas y asumir el control fáctico de Enersis, es incierto establecer cuál habría sido la decisión de los accionistas frente a tal oportunidad en cuanto a la forma de venta, y particularmente de los demandantes, considerando las exigencias de los demandados y si las acciones que les pertenecen hubieran tenido mejor precio de acuerdo a las exigencias y limitaciones del mercado de valores, siendo imposible determinar con certeza lo que podría haber ocurrido".


A partir de esto, establece que "no cabe más que concluir que no existió daño o perjuicio, siendo aquel demandado simplemente eventual o hipotético, al colocarse en una posición que pudo o no pudo haber ocurrido", dicta el fallo.

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?