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Cajas de compensación devolverán $8.500 millones por pagos en exceso de créditos

Las personas beneficiadas con devoluciones podrán buscarse en la página web de la Superintendencia de Seguridad Social. La situación ocurrió por un "error operacional" al pagar una deuda.

20 de Agosto de 2013 | 16:02 | Por Cristina Cáceres, Emol
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El Mercurio, archivo

SANTIAGO.- Las cajas de compensación devolverán $8.500 millones a 250 mil pensionados y trabajadores afiliados que solicitaron un crédito social y pagaron en cuotas en exceso.


La superintendenta de Seguridad Social, María José Zaldívar, señaló que esta situación ocurre por "un error operacional que ocurrió al momento del pago de la deuda".


Zaldívar ejemplificó el problema, señalando que si un empleador le descuenta a un trabajador durante 5 años una cuota -por ejemplo- de 60 mil pesos, en un determinado momento llega la información de que ha finalizado el descuento de esa deuda. Sin embargo, el empleador no recibe el registro, por lo que sigue descontando por dos o tres meses más. Si ese trabajador no se fija en su planilla, se produce esta situación.


Según explicó el ministro del Trabajo, Juan Carlos Jobet, las personas que "pagaron de más" ya han sido identificadas, por lo que llamó a quienes tengan dudas respecto de si deben recibir alguna devolución, a que se busquen en la pagina web de la Superintendencia de Seguridad Social.


El secretario de Estado señaló que hay algunos casos muy excepcionales que tienen montos de hasta $4 millones. De los 250 mil que recibirán devoluciones, unos 300 tienen montos de más de $500 mil, mientras que en promedio los montos llegan a los $34 mil.


Para retirar los fondos, las personas deben acudir a las oficinas de las cajas de compensación con su carnet de identidad y las entidades pueden entregar el dinero inmediatamente en efectivo, cheque o depósito esos recursos. En caso de no tener disponible los recursos en ese momento, tienen un plazo de 5 días hábiles para hacerlo efectivo.


En caso de no poder concurrir, puede entregar poder simple (con firma y huella, indicando además cómo se solicita la devolución) autorizando a un tercero, quien además  debe llevar una fotocopia de la cédula de identidad del acreedor.

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