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SVS emite norma sobre régimen de inversiones de administradoras de fondos mutuos e inversión

Tras concluir un periodo de consulta pública, la Superintendencia de Valores y Seguros anunció la nueva normativa.

21 de Enero de 2015 | 16:26 | Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- Con el objeto de precisar los alcances de la Ley Única de Fondos (LUF), la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió la Norma de Carácter General (NCG) N°376 que imparte una serie de instrucciones respecto del régimen de inversión de aplicable a los fondos mutuos y fondos de inversión.

Tras concluir un periodo de consulta pública, el regulador impartió instrucciones específicas sobre las condiciones mínimas de información, regulación y supervisión que deberán cumplir los instrumentos, contratos, bienes y certificados representativos de éstos, en los que podrán invertir los fondos mutuos y fondos de inversión.

También sobre las condiciones bajo las cuales podrán invertir los fondos en instrumentos emitidos o garantizados por personas relacionadas a la administradora; realizar inversiones de adquisición o enajenación de bienes por cuenta del fondo a personas relacionadas con la administradora; o a fondos administrados por ella, o por sociedades relacionadas, salvo determinadas excepciones.


La SVS también impartió una resolución sobre las condiciones para las inversiones que indican los artículos 59° y 61° de la LUF, especificando qué se considerará como instrumento de deuda y qué se considerará como fondo fiscalizado para efectos de lo establecido en dichos artículos.

Por último, la institución instruyó sobre las condiciones y plazos en que deberán ajustar los excesos de inversión que se produzcan por causas no imputables a la administradora.

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