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Presentan recurso por rechazo de pedido de extradición en caso Prats

Según la abogada Pamela Pereira, se fundamenta su petición por "el fallo absolutamente parcial que ha dictado el ministro -Jaime Rodríguez-". A juicio de la profesional, la resolución del magistrado es contradictorio con los antecedentes del proceso ya que lleva a la conclusión de que Michael Townley es el autor del crimen y que no pertenecía a la DINA.

26 de Julio de 2002 | 12:07 | María Teresa Anguita, EMOL
SANTIAGO.- La abogada de derechos humanos Pamela Pereira interpuso un recurso de apelación en la Corte de Apelaciones de Santiago, en contra de la resolución del ministro instructor del caso Prats Chile, Jaime Rodríguez Ariztía, quien rechazó el pedido de extradición de la jueza argentina María Servini de Cubría que investiga el asesinato del ex comandante en jefe general Carlos Prats y de su esposa Sofía Cuthbert.

Los fundamentos por los cuales presentaron el recurso tienen que ver según la abogada de la familia Prats "con el fallo absolutamente parcial que ha dictado el ministro", que a su juicio es contradictorio con los antecedentes del proceso, ya que lleva a la conclusión de que Michael Townley es el autor del crimen y que no pertenecía a la DINA.

Según la abogada los antecedentes del proceso son absolutamente contrarios a la resolución del ministro, ya que a su juicio establecen la participación de la DINA y la responsabilidad de cada uno de los requeridos en el hecho punible.

Los requeridos por la justicia argentina son el brigadier (R) Pedro Espinoza; brigadier (R), José Zara; el ex jefe de la DINA, Manuel Contreras; y los hermanos Iturriaga Neumann, el civil Jorge y el general en retiro Raúl. Todos ellos están procesados por el doble asesinato y por asociación ilícita.

El ministro Rodríguez estimó el pasado el 12 de julio que "no pueden inferirse presunciones múltiples, graves, precisas, directas y concordantes" que conduzcan a acreditar que los inculpados han tenido participación en los delitos.

El alto magistrado descartó además juzgar en Chile a los requeridos, ya que la negativa a extraditarlos no está fundada en que son ciudadanos chilenos, sino que por no concurrir los requisitos que hacen procedente la extradición.
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