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Contraloría: Alcalde de Recoleta celebró contrato con su socia

El informe de 31 páginas resalta que los argumentos de Gonzalo Cornejo no son suficientes para desvirtuar la negociación incompatible. Los antecedentes fueron remitidos al Consejo de Defensa del Estado y del Ministerio Público.

30 de Junio de 2008 | 17:57 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- Tras múltiples postergaciones, la Contraloría General de la República publicó finalmente esta tarde el informe respecto a los vínculos de la empresa GMA con el municipio de Recoleta que encabeza el alcalde UDI Gonzalo Cornejo, dando cuenta de las irregularidades que afectaron dichos contratos.


Poniendo énfasis en que la investigación se centró en "la regularidad jurídica de los procesos de contratación por parte de la Municipalidad" y no en asuntos de "gestión o mérito de la decisiones municipales", la Contraloría señala que el 25 de agosto de 2006, mientras Cornejo figuraba como socio de su ex jefa de Gabinete, Jenny Acevedo Sepúlveda, en Asesoría y Gestión Comunicacional S.A. o Rush S.A., la municipalidad de Recoleta celebró un contrato con la empresa Gestión Municipal Avanzada (GMA), representada por Jenny Acevedo.


Añade que pese a que la defensa de Acevedo asegura que ella había vendido todas sus acciones en Rush S.A. a don Octavio Azócar el 9 de septiembre de 2005 y que Cornejo aparece firmando dicho traspaso en calidad de testigo, la indagación determina que el alcalde no se encontraba en territorio nacional en esa fecha.


En tanto, respecto a la salida del edil de la empresa Rush S.A el 3 de enero de 2007 , la Contraloría sostiene que sólo fue informada el 4 de diciembre de 2007 al Servicio de Impuestos Internos (SII), "incumpliéndose de esa manera con lo exigido por la circular 17/2005 de ese servicio, que obliga a las sociedades a informar de cualquier cambio social en el plazo de 15 días de producido éste".


Se cuestiona asimismo la doble función de un trabajador a honorarios del municipio, Jaime Jullian Pope, quien "procedió a la suscripción de un contrato con el municipio de Recoleta en calidad de representante legal de la empresa Asesorías y Servicio Limitada, de su propiedad. En el caso de Iñaki Busto, a quien se acusaba de desempeñar "funciones de relevancia para el municipio se encontraba relacionado con la empresa GMA S.A.", se da por superada la observación.


El documento también cuestiona los pagos realizados a ambas empresas por concepto de adquisición de equipos computacionales, servicios de mantención e implementación de programas informáticos para ordenar y obtener datos de la comuna.


En las conclusiones del escrito se establece que se abrirá un sumario para investigar las responsabilidades administrativas de los funcionarios de la municipalidad que tuvieron participación en los hechos irregulares.


Lo anterior es sin perjuicio de la remisión en los plazos legales de los antecedentes al Tribunal de Cuentas para la determinación de las responsabilidades civiles que puedan haberse originado por el daño causado al patrimonio municipal.


El organismo remitió copia de este informe al Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado.

La situación descrita en el informe de la Contraloría implicaría que el alcalde Cornejo habría infringido el artículo 240 del Código Penal que señala que "el empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquiera clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo, será castigado con las penas de reclusión menor en su grado medio, inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio y multa del diez al cincuenta por ciento del valor del interés que hubiere tomado en el negocio".

Las mismas penas están tipificadas para el empleados público que en el negocio u operación en que deba intervenir por razón de su cargo "diere interés a terceros asociados con él".

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