EMOLTV

Pareja de cabo que murió luego que disparo traspasara su casco recibirá $75 millones

Corte de Santiago ordenó indemnizar a la mujer luego que el Estado no proporcionara los elementos de protección para el carabinero Cristián Vera, abatido en protestas del 11 de septiembre de 2007.

13 de Julio de 2011 | 13:29 | Emol
imagen

Elizabeth Morris no estaba casada con el cabo Cristián Vera, pero la justicia reconoció su condición de pareja de hecho y la indemnizó por la pérdida.

El Mercurio.

SANTIAGO.- Una suma de $75 millones deberá pagar el Estado a Elizabeth Morris la pareja del cabo Cristián Vera Contreras, quien fue abatido en servicio mientras controlaba una protesta en Pudahuel el 11 de septiembre de 2007.


Ese día un disparo traspasó el casco del cabo Vera y dio directo en su cabeza, tras lo cual perdió la vida. Tal situación provocó un daño moral en su familia, lo que según el tribunal de alzada capitalino debe ser resarcido por el fisco debido a que Carabineros no proporcionó los elementos de protección necesarios al policía.


En fallo unánime la quinta sala del tribunal de alzada capitalino indicó que "en cuanto a la responsabilidad del Estado ella se configura desde que no otorgó los elementos de seguridad adecuado a sus funcionarios, considerando que era del todo previsible que se enfrentarían a ataques con armas de fuego, atendida la fecha en que ocurrieron los hechos".


Los jueces destacan que pese a que Carabineros dotó a su personal de chalecos antibalas, respecto a los cascos se optó por unos "de características simples, antidisturbios y no antibalas".


Relación de hecho y no matrimonial


Otro de los elementos importantes de este fallo es que, al igual que el de primera instancia, determinan que la mujer debe recibir el pago pese a que no estaba casada con el fallecido carabinero.


"Puede conceptualizarse la convivencia como una situación de hecho en que se encuentran dos personas de distinto sexo, que hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio", dice la resolución.


El fallo plantea que para obtener esta calidad las personas deben haber compartido el mismo techo, es decir, tener un domicilio en común. También la comunidad de vida de este hombre y mujer debe ser de público conocimiento y no ser ocultada a terceras personas, entre otros.


En el aspecto penal la Suprema, condenó el pasado 9 de mayo a Eduardo Espinoza Bórquez a 10 años y 1 día de presidio como responsable de la muerte del cabo Vera.

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?