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Multitienda debe indemnizar a cliente por enviarlo injustificadamente a Dicom

La Corte Suprema ratificó la sentencia que establece que Paris debe cancelar $5 millones a un usuario de la tarjeta de crédito que pese a no estar moroso, aparecía en el boletín.

11 de Agosto de 2011 | 11:31 | Emol
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El Mercurio. (Archivo)

SANTIAGO.- La Corte Suprema ratificó que la multitienda Paris debe pagar $5 millones a un cliente por haber enviado sus datos al registro de morosos en Dicom sin que éste tuviera una deuda con la firma del holding Cencosud.


La justicia acogió la demanda por incumplimiento de contrato presentada por Eduardo Quiroga Melo, quien mientras era titular de una tarjeta de crédito de Paris en julio de 2008 recibió una cartola con una deuda de poco más de $800.000, por una supuesta compra en Internet que nunca realizó.


Pese a que producto de esta situación, el demandante cerró su tarjeta, los antecedentes igualmente fueron enviados al boletín comercial.


En primera instancia, el Tercer Juzgado Civil de Concepción estableció la responsabilidad contractual de la empresa al determinar que es quien debe acreditar la deuda ante los boletines comerciales.


"Que tratándose de un caso de responsabilidad contractual y frente a la imposibilidad que sea el demandante quien acredite un hecho negativo cual es, que no tiene deuda con el demandado, correspondía a la empresa acreditar la existencia de la deuda que informó como tal al Boletín Comercial Dicom", dice el fallo.


Junto con ello agrega que "al no haberlo hecho, y más aún, considerando los antecedentes referidos en el considerando anterior, puede establecerse en autos como efectivo que la deuda informada al boletín es inexistente".

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