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Corte reafirma condena contra dos médicos y clínica por negligencias en cirugía plástica

La paciente María Lausen Montt recibirá $30 millones por daño moral y poco más de dos millones por daño material.

26 de Noviembre de 2013 | 13:36 | Emol
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Entre las cirugías, la paciente se sometió a la colocación de implantes mamarios.

Bloomberg

SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó el recurso de casación presentado por el centro médico Servicios Médicos Noruega S.A. y los cirujanos Fernando Terré y María Isabel Thumala en contra de la sentencia que los condenó a pagar indemnizaciones por daños moral y material por negligencias en intervenciones quirúrgicas de carácter estético realizadas en 2004.


En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal ratificaron el dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago -que a su vez confirmó un fallo del 20° Juzgado Civil capitalino- que determinó la responsabilidad contractual de éstos en los malos procedimientos en la abdominoplastía, instalación de prótesis mamaria y refinamiento de lipoescultura de la paciente María Lausen Montt.
 
La sentencia de la Corte Suprema descarta error en derecho de los magistrados que analizaron la causa en primera y segunda instancia que descartó que las complicaciones en el tratamiento fuera un caso fortuito o atribuibles al hábito del tabaquismo de la demandante.


"Para desestimar tal alegación, conviene recordar que en su contestación de fojas 87, tal eximente de responsabilidad no fue invocada en su defensa, sino que atribuyó el resultado a la conducta de la demandada, quien habría persistido en el consumo de tabaco, incumpliendo la prescripción médica, lo que en caso alguno podría constituir un caso fortuito, desde que ha quedado asentado como un hecho inamovible de la causa que la adicción de la actora fue conocida desde un comienzo por sus médicos tratantes", reza el dictamen.


Y añade: "Se advierte entonces que, en este punto, las argumentaciones desarrolladas por la demandada, tendientes a justificar el arbitrio que reclama, importan el planteamiento de una alegación que no se manifestó en la etapa procesal correspondiente y, como tal, resulta improcedente plantear una causal de casación fundada en la infracción de un estatuto legal que trata materias distintas de las discutidas en el juicio, las que, por lo demás, no fueron invocadas por las partes en la etapa de discusión".


"Por lo demás, las probanzas de autos tampoco han permitido asentar que el tabaquismo constituya en la generalidad un obstáculo o impedimento de proporciones para la realización de una intervención quirúrgica de carácter estético y para su recuperación (...) por cuanto aun en el evento de que la actora hubiese persistido en el vicio del tabaco, de ello no puede colegirse inequívocamente las dañosas consecuencias de la intervención practicada por los demandados", señala.


El fallo agrega que "de este modo, no ha quedado demostrada una causa de justificación o exoneración de responsabilidad de la recurrente, sino que, por el contrario, ha sido acreditada la imputación del resultado".


De acuerdo a la sentencia, los médicos Fernando Terré y María Isabel Thumala deberán pagar la suma de $10.000.000 cada uno por daño moral a la demandante, misma suma que tendrá que enterar la sociedad Servicios Médicos Noruega.


En tanto, por daño material los profesionales desembolsarán $1.437.050 y la sociedad Servicios Médicos Noruega S.A. $674.102.

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