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Solicitud de auto de procesamiento contra Augusto Pinochet (parte V)

24 de Enero de 2001 | 12:36 | emol.com
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En este contexto, inducir tiene dos acepciones, una amplia y la otra restringida, no se trata del solo hecho de hacer nacer dolosamente a alguien la decisión de cometer un delito doloso, sino que -además- significa determinar en sentido amplio. Inducir: Ocasionar, causar. Ocasionar: Ser causa o motivo para que suceda una cosa. Causar: Ser causa, razón y motivo de que suceda una cosa. Ser ocasión o darla para que una cosa suceda.

De esta manera, Pinochet obró sobre otro sujeto de manera de suponerse a él, de forma tal que hay dos dominios del hecho, el de atrás y el de adelante. En consecuencia, de conformidad al art. 15 N°2, Pinochet es autor de los ilícitos precedentemente descritos, ya que actuó con una estructura organizada de poder donde todos los sujetos, salvo Pinochet y Arellano, eran sustituibles, no importando quien disparara la bala asesina, sino que era Pinochet quien tenía el control de los hechos y, en plena conocimiento de lo ocurrido, no detuvo la secuela ilícita, sino que la fomentó y era precisamente quien estaba en la cúspide del eslabón de mando.

POR TANTO,

SÍRVASE US., en conformidad al artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, artículos 141 inciso cuarto, 292, 320 y 391 N°1, todos del Código Penal, asimismo artículo III Común de los Convenios de Ginebra, suscritos y ratificados por Chile en el año 1951, y a las consideraciones de hecho y derecho expuestas, dictar auto de procesamiento en contra de Augusto Pinochet Ugarte por los delitos indicados ordenando, además, por ser público y notorio que tiene bienes suficientes, el embargo de bienes para asegurar su responsabilidad civil.
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