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Cambios en la definición del concepto de equipaje

Ahora no será necesario declarar algunos artefactos tecnológicos.

09 de Octubre de 2008 | 09:20 |
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A partir del próximo 29 de septiembre las reglas para el equipaje que usted transporte en sus viajes cambiarán. Y es que desde esa fecha el concepto para determinar el citado equipaje —establecido por el Servicio de Aduanas— presentará más de un importante cambio.

Las modificaciones, en los doce conceptos utilizados por el organismo, introducen nuevas definiciones más acordes con los elementos que día a día las personas transportan más allá de las fronteras, incluyendo mayor variedad de artículos electrónicos y especificando de mejor forma otros elementos.

Otra modificación relevante es respecto al valor de los regalos que se pueden transportar también hay cambios relevantes.

En la práctica significa que cámaras, computadores, filmadoras no deberán ser declaradas en Aduanas antes de salir de viaje y al regresar no se pondrá problemas para su ingreso.

A continuación los principales cambios respecto al equipaje:

Regalos: El nuevo concepto utilizado para los obsequios, determina que se podrán considerar como equipaje aquellos artículos destinados a regalos que tengan un valor de hasta US$ 300 (o su equivalente en otras monedas) por cada viajero mayor de 14 años. Con esto, no será necesario sacar de sus envoltorios aquellos que tengan ese valor.

El cambio en este ámbito es bastante relevante ya que se duplicó el monto anterior que establecía un máximo de US$ 150 por cada artículo.

Reproductores de música: Los conceptos antiguos hablaban sólo de aparatos para escuchar discos compactos o personal estéreo.

La nueva definición incluye los artefactos de reproducción de mp3 y otros formatos digitales, además de incorporar los reproductores de DVD. En todos estos casos también se incluyen los auriculares que vengan incluidos con algunos de los sistemas de sonido.

Computadores portátiles: En la definición antigua de equipaje estos artículos ni siquiera estaban presentes en la lista. Ahora, en cambio, se establece que “un computador portátil de uso personal” será considerado como equipaje.

Cámaras fotográficas: Según la nueva norma de Aduanas, que fue publicada el pasado 3 de septiembre en el Diario Oficial, se considerará como equipaje “una cámara fotográfica portátil, tipo digital u otro, y sus accesorios”.

La principal modificación respecto a este punto es que se incluye el concepto de digital además de eliminar el concepto de “usada”, que se encontraba en la norma anterior.

Otros cambios: También se incorporaron otros cambios en artículos como teléfonos, artículos deportivos, cámaras de video y artículos personales. Estos, se refieren, en su mayoría, a la eliminación del término “usado” desde la norma anterior.

Listado de cambios
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