EMOLTV

TC elimina mayores facultades del Sernac: ¿Qué futuro tiene la ley?

El dictamen del tribunal eliminó las aspectos considerados como el "corazón" del proyecto, lo que fue rechazado tanto por el Gobierno como por el director del Servicio.

19 de Enero de 2018 | 16:51 | Por Fernanda Mujica, Emol
imagen
Matías Delacroix / El Mercurio
SANTIAGO.- Luego del fallo en que el Tribunal Constitucional (TC) rechazó los principales ejes del proyecto de ley que buscaban fortalecer al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), el futuro de la ley es incierto.

Al ser consultado sobre si las facultades que el TC declaró inconstitucionales podrían ser incluidas de alguna forma en la ley, el director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, señaló que "la argumentación del tribunal presenta una visión respecto de la cual no hay forma en la que el Sernac pudiera tener esa facultad sancionatoria", ya que esta por sí misma no puede superar el test de constitucionalidad.

"Vamos a usar de manera intensiva las facultades que nos dejen", afirmó Muñoz, las cuales consideran la fiscalización, las multas y el procedimiento voluntario colectivo.

El presidente de la comisión de Economía de la Cámara de Diputados, Sergio Espejo, dijo a La Segunda que "el gobierno está evaluando cuáles son sus opciones frente al fallo del Tribunal Constitucional: la figura del veto o el envío de un nuevo proyecto de ley en marzo, el que, sin embargo, sólo tendría un carácter simbólico, ya que no alcanza a ser tramitado".

Por lo pronto, el director del Sernac señaló que el dictamen del tribunal debe respetarse y ahora fue recibido por el Congreso para ajustar las normas que fueron declaradas inconstitucionales y luego promulgar la ley.

Cuando sea publicada seguirá una implementación gradual. Los primeros seis meses entrarán en vigencia algunas facultades que quedaron en el proyecto, como la fiscalización y el procedimiento voluntario colectivo, cuyo propósito es revisar los estándares de servicio del proveedor y analizar las compensaciones a los consumidores.

Posteriormente, se contemplan otros seis meses para la inclusión gradual de las regiones.

"Por eso yo digo que hay un año para que se pueda reparar el eventual daño catastrófico a la facultad de mediación, porque eso no entra a regir sino con las primeras regiones cuando tienen todas las facultades", explicó Muñoz.

El Sernac y el Gobierno están analizando las posibles alternativas luego del fallo, que deben "contar con la transversalidad que existió en el Congreso", señaló el director de la entidad y recordó que "el Congreso aprobó por unanimidad la facultad sancionatoria del Sernac".

También sostuvo que es necesario que se "aclare de manera precisa que la facultad de recibir reclamos y proponer una solución voluntaria tiene que mantenerse".

Las facultades que se eliminan del proyecto

El director nacional explicó que el rol del Sernac es vigilar que se cumpla la ley del consumidor, siendo esta la que establece la protección a las personas.

"Es un impacto muy negativo y que potencialmente podría rebajar los niveles actuales de protección", dijo Muñoz.

Con respecto a los aspectos de la ley que fueron declarados inconstitucionales por el TC, que eran considerados el "corazón" del proyecto, el director explicó que "efectivamente lo que hace el fallo es eliminar esas facultades".

Una de ellas es la sancionatoria, que pretendía aumentar la probabilidad de castigo. "Si la empresa sabe que aumentan las probabilidades de que se aplique una sanción, en este caso puedan hacer las inversiones previas, eso se pierde", afirmó el director.

Otro punto que se pierde es la atribución de conciliar. "Lo que proponíamos es que además de poder recibir los reclamos y comunicarlos a las empresas, pudiéramos generar una instancia previa prejudicial, en que con bases de arreglo propuestas por el Sernac, las partes pudieran decir que estaban de acuerdo", sostuvo Muñoz.

Por otra parte, la facultad normativa también fue considerada inconstitucional, ya que el TC la calificó de ilimitada. Al respecto, el director afirmó que tiene una serie de limitaciones, como contar con el informe favorable del regulador o de dos expertos, con un proceso de consulta pública y con un recurso de inaplicabilidad por ilegalidad.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?