EMOLTV

Revés para Uber: Corte Suprema ratifica levantamiento de secreto bancario de la plataforma

Con esto, el Banco de Chile deberá entregar en un plazo de 10 días los saldos y movimientos de la firma realizados entre enero 2015 y mayo de 2017.

15 de Octubre de 2019 | 18:59 | Redactado por Tomás Molina, Emol
imagen
El Mercurio
Un duro golpe sufrió Uber Chile por parte de la justicia chilena, luego de que este martes la Corte Suprema rechazará un recurso de queja interpuesto por la firma y ratificara el fallo emanado por la Corte de Apelaciones, el cual faculta al Servicio de Impuestos Internos (SII) a acceder a la información bancaria de la plataforma de transporte.

En decisión unánime la Segunda Sala del máximo tribunal autorizó el levantamiento del secreto bancario de Uber Chile SpA, por lo que, básicamente, el SII podrá acceder a la contabilidad de la compañía y ver los flujos hacia la matriz en Holanda, además de tener claridad respecto a los pagos que reciben los conductores de la empresa, lo que, según abogados tributaristas, podría significar una fiscalización masiva a dichos trabajadores.

La ley lo autoriza (al SII) a solicitar autorización judicial para el correcto ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, con el fin de poder obtener antecedentes indispensables para verificar la veracidad e integridad de las declaraciones de impuestos."

Corte Suprema
Así, el fallo obliga al Banco de Chile -institución financiera en la que Uber mantiene abiertas dos cuentas corrientes- entregar los saldos y movimientos de Uber realizados entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de mayo de 2017 respecto a dichas cuentas bancarias específicas, y otras en las que aparezca como titular o apoderado de otras sociedades, además de detallar todos los pagos efectuados a través de esas cuentas corrientes.

Sumado a ello, se deberá informar si durante ese período, ambas fechas inclusive, se hubiese cerrado alguna de las cuentas corrientes y otro producto bancario, indicando la fecha de cierre, el nombre del banco al cual han sido transferidos los fondos y el beneficiario de la transferencia.

Toda la información expuesta deberá ser entregada al SII en un plazo de 10 días a partir de la notificación de esta sentencia.

Con esto, al contrario de la pretensión de Uber, la Suprema descartó que haya habido abuso en la autorización, precisando que, conforme a lo que establece el Código Tributario, el SII tiene dentro de sus facultades la fiscalización de los contribuyentes.

Por ello, "la ley lo autoriza a solicitar autorización judicial para el correcto ejercicio de sus facultades fiscalizadoras, con el fin de poder obtener antecedentes indispensables para verificar la veracidad e integridad de las declaraciones de impuestos", señaló la resolución del máximo tribunal.

De este modo, precisó el fallo, de acuerdo a los antecedentes que el contribuyente investigado entregó dentro del proceso de fiscalización al que se le sometió, aparecen cuentas corrientes y movimientos bancarios que resultaron no justificados a juicio del SII, dado que no se acredita el origen de los dineros que sustentan los gastos y desembolso de los mismos.

"Fue en dicho contexto que los jueces recurridos estimaron que los hechos consignados en el expediente (...) justificaban el uso de la facultad que confieren los artículos 62 y 62 bis del Código Tributario para la petición que efectúo el SII de levantamiento del secreto bancario, de las cuentas ya referidas mantenidas por Uber Chile SpA con el Banco de Chile, en los términos en que fue ordenado por la resolución cuestionada", cerró el fallo de la Corte Suprema.

Ante esto, el SII valoró la decisión del máximo tribunal, "ya que ratifica que todos los contribuyentes que desarrollen alguna actividad lucrativa en el país, personas jurídicas o naturales, chilenas o extranjeras, deben cumplir con las obligaciones que establece la normativa tributaria y responde a los requerimientos de información que, en conformidad con la ley, le efectúe el Servicio en el desempeño de las labores de fiscalización que le corresponde ejercer".
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?