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Ley antitabaco: Senado rechazó la prohibición de fumar en patios

El proyecto que endurece la normativa concluiría este miércoles su tramitación en la Cámara Alta para luego avanzar hacia su siguiente trámite.

14 de Julio de 2015 | 21:06 | Aton
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Aton Chile
SANTIAGO.- La sala del Senado aprobó este martes que se siga permitiendo fumar en patios o espacios al aire libre.

De la misma forma, también respaldó el cambio que busca que sean las seremis de Salud las que fiscalicen la ley, y se termine con el rol que desempeñan los Juzgados de Policía Local.

El proyecto que endurece la ley antitabaco concluiría mañana su tramitación en la Cámara Alta, luego de que se sometieran a votación las disposiciones pendientes en la sesión ordinaria de hoy.

Por 21 votos a favor y 4 en contra se aprobó la disposición que establece: “Se prohíbe fumar en los siguientes lugares, salvo en sus patios o espacios al aire libre". Así, se repuso el texto vigente porque la norma proponía incluir los patios dentro de las prohibiciones.

Y por 15 votos en contra, 11 a favor y 1 abstención se rechazó la disposición que establece: "Se suprime que sea la autoridad sanitaria fiscalice el cumplimiento de la presente ley, de acuerdo con lo prescrito en el Libro X del Código Sanitario".

El cuestionado proyecto

El proyecto de ley, iniciado en moción de los senadores Guido Girardi, Fulvio Rossi y del ex senador Mariano Ruiz-Esquide, tiene por objeto adecuar la legislación nacional a los parámetros establecidos por el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.

La iniciativa hace más estrictas las medidas relacionadas con la publicidad y comercialización en el territorio nacional, la protección de los menores de edad y la responsabilidad de las compañías tabacaleras por perjuicios causados por el consumo.

Entre sus principales disposiciones, establece que los envases deberán llevar una advertencia que cubra el 100% de las dos caras principales, prohibiéndose cualquier acción o elemento destinado a ocultar total o parcialmente la advertencia.

También prohíbe la comercialización en el territorio nacional de cigarrillos con sabores distintivos de reconocido consumo habitual entre niños, tales como sabores dulces, frutales, cacao y mentol. 
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