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Penta: Corte rechaza recurso que buscaba evitar que fiscales Gajardo y Norambuena declaren como testigos en la causa

La decisión de los magistrados pone en una posición complicada a los persecutores, pues si es que participan en la indagatoria, quedan inhabilitados en su rol de investigadores del caso.

06 de Julio de 2017 | 15:14 | Emol
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El Mercurio (Archivo)
SANTIAGO.- El pleno de la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de queja disciplinaria presentada por el fiscal jefe de la zona metropolitana Oriente Manuel Guerra, con que intentó evitar que los fiscales del caso Carlos Gajardo y Pablo Norambuena testificaran como testigos en el marco de la investigación por el caso Penta.

La acción legal del jefe persecutor estaba dirigida al juez del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Juan Manuel Escobar, quien aceptó la solicitud de la defensa de los principales imputados, Carlos Délano y Carlos Lavín, en abril pasado.

La idea del abogado Julián López es que ambos persecutores entreguen su versión respecto de las tratativas previas al momento en que sus representados renunciaron a su derecho de guardar silencio.

Según el profesional, ambos fiscales engañaron a sus clientes al anunciarles que los llevarían a un juicio abreviado y salidas alternativas, por lo que éstos entregaron su testimonio.

Pero al llegar el día de la formalización de cargos, Gajardo y Norambuena solicitaron la prisión preventiva de ambos, la que fue otorgada precisamente por el juez Escobar, en marzo de 2015.

El fiscal regional denunció en abril pasado que la defensa de Délano y Lavín buscaba sacar del caso a Gajardo y Norambuena, pues al aparecer como testigos en la causa, quedan inhabilitados para ejercer su rol de persecutores.

"Hay una maniobra destinada a tratar de sacarlos (a Norambuena y Gajardo) de esta investigación", dijo Guerra.

Si bien admitió en esa oportunidad no haber estado durante los interrogatorios porque tenía otro cargo, éste aseguró que da "fe de la actuación de los fiscales".

En su resolución, el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago señala que "del mérito de los antecedentes aparece que las faltas y abusos respecto de las cuales se recurre por esta vía, inciden en el pronunciamiento de una resolución de carácter jurisdiccional por lo que los hechos denunciados no se enmarcan dentro de aquellos asuntos que deban conocerse por esta vía, se declara inadmisible la queja disciplinaria interpuesta".
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