EMOLTV

Magistrados: Se esperan más sobreseimientos y modificación de penas ya dictadas por abortos en caso de violación

Su presidente, Álvaro Flores, explicó que, pese a que aún no hay reglamento ni se publica en el Diario Oficial, la nueva ley ya se está aplicando en el ámbito penal, y que los médicos que hoy practiquen abortos en alguna de las tres causales no serán condenados.

22 de Septiembre de 2017 | 09:43 | Emol
imagen

Flores explicó que aunque las leyes no son retroactivas, "si una nueva ley establece penas menos rigurosas, el juzgamiento se debe adecuar a esa ley, aunque los hechos sean anteriores".

El Mercurio (archivo)
SANTIAGO.- Esta semana el Juzgado de Garantía de Copiapó sobreseyó a un médico ginecólogo que efectuó dos abortos a mujeres que quedaron embarazadas producto de una violación. El profesional fue absuelto pese a que practicó los abortos en 2014 y la ley que despenaliza la interrupción del embarazo en tres causales aún no está publicada en el Diario Oficial ni cuenta con un reglamento, el que recién estaría vigente a fines de este año.

El presidente de la Asociación de Magistrados, Álvaro Flores, explicó que, si bien faltan esos trámites, la ley ya se está aplicando en el ámbito penal porque ya fue promulgada. "La ley establece claramente que el momento en que opera la ausencia de sanción penal es el acto de promulgación (de una ley); la ley no está publicada en el Diario Oficial, pero fue promulgada el 14 de septiembre y eso es lo que se invoca", señaló a radio Cooperativa.

Dijo que esa situación "está expresamente regulada en el artículo 18 del Código Penal". "Hay un gran principio en el derecho, que es la irretroactividad de la ley penal, pero para los casos en que una nueva ley establece penas menos rigurosas o exime a una conducta que antes estaba penalizada, está regulado en esta norma que el juzgamiento se adecúe a esta nueva ley penal, aunque los hechos sean anteriores a la ley y la pena ya esté ejecutoriada", explicó.

Por esa razón, dijo que pueden esperarse nuevas absoluciones e incluso la "adecuación" de penas que ya han sido dictadas a quienes cometieron aborto en las tres causales, ya que fueron sancionadas por "un delito que ya no lo es". "Debieran esperarse (nuevos sobreseimientos) y además debiera esperarse que el Ministerio Público en casos similares no inicie investigación y que se adecúen penas que ya se están cumpliendo por este delito", señaló.

Detalló que lo que debiera ocurrir, en la práctica, es que los tribunales que dictaron esas sentencias las modifiquen "de oficio o a petición de las partes".

El juez precisó además que si un médico hoy día practica un aborto bajo alguna de las tres causales no será condenado, independiente de que pueda recibir alguna amonestación administrativa, dado que aún no está listo el reglamento ni los protocolos médicos para realizar un aborto en los recintos médicos. "Eso podrá ser una cuestión de naturaleza administrativa, pero no hay sanción penal en estos tres casos", subrayó.