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Rechazan demanda ambiental por vertimiento de salmones muertos en Chiloé

El fallo concluye que la Municipalidad de Ancud no pudo probar la existencia de daño ambiental como consecuencia del vertimiento de 9 mil toneladas de desechos de peces autorizado por Directemar.

29 de Diciembre de 2017 | 14:36 | Emol
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Tribunal Ambiental /Imagen referencial.

Tribunal Ambiental de Valdivia.
SANTIAGO.- Por unanimidad, el Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó la demanda de reparación interpuesta por la Municipalidad de Ancud en contra de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) y el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), tras el episodio de marea roja que afectó a la comuna el año pasado.

En la sentencia de 61 páginas, el Tribunal -que jurisdicción desde Ñuble a Magallanes-, concluyó que el municipio no acreditó la existencia del daño ambiental que se habría generado en la costa adyacente de la comuna de Ancud, luego que Directemar, contando con informe previo favorable de Sernapesca, autorizara el vertimiento de hasta 9.000 toneladas de pescados mar adentro, en la costa de Chiloé, en marzo del 2016.

El fallo consigna que según la Municipalidad de Ancud, el daño ambiental "consistió en que el vertimiento de salmónidos acrecentó la marea roja, lo que repercutió afectando la actividad pesquera, económica y laboral de los trabajadores del mar, cuestión que calificó de hecho público y notorio".

Sin embargo, el Tribunal estimó que, aunque los episodios de marea roja en múltiples zonas de las regiones de Los Lagos y Aysén durante el 2016 fueron hechos públicos y notorios, ello no era suficiente para considerarlos un daño ambiental, por lo que debió ser probado por la Ilustre Municipalidad de Ancud.

En este sentido, los sentenciadores consideraron que la Ilustre Municipalidad de Ancud no presentó pruebas para demostrar "cuál era el ecosistema afectado; ni cómo la acción u omisión acusada generaba una pérdida, disminución, detrimento o menoscabo en el ecosistema identificado (...) ni cuál era su significancia", elementos que forman parte del daño ambiental.

La sentencia además concluye que tanto Directemar como Sernapesca actuaron de forma correcta al autorizar el vertimiento mar adentro de hasta 9000 toneladas de desechos de peces, considerando que se trató de una medida de emergencia ante una mortandad de peces que superó las 26000 toneladas.

De acuerdo al fallo, las pruebas aportadas por las demandadas confirman que los otros medios para desechar la biomasa resultaban insuficientes para tratar la mortalidad de salmones, y su no eliminación implicaba un alto nivel de riesgo para la salud de la población.

El presidente del Tribunal Ambiental de Valdivia, el ministro Michael Hantke dijo que "el tribunal de forma unánime fue de la opinión que la ilustre municipalidad de Ancud, no presentó pruebas suficientes para dar evidencias del daño ambiental que estaba alegando en las costas adyacentes a su jurisdicción".

"Del mismo modo, el tribunal estimó que la decisión del territorio marítimo y marino mercante Directamar, había sido ajustada a la normativa aplicable en estos casos de emergencia, debido a que en el momento en que se tomó la decisión del vertimiento de las 9.000 toneladas de peces muertos, se hacía en un contexto de emergencia y de protección a la salud de la población de las regiones, y por tanto, se ajustaba a la normativa ambiental aplicable en ese caso que era el protocolo de Londres", afirmó.
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