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Justicia declara inadmisible querella contra Blumel y Rozas interpuesta por la familia del barrista atropellado por carabinero

El 14° Juzgado de Garantía de Santiago desestimó cualquier responsabilidad del Ministro del Interior y del director general de Carabineros en la muerte del barrista Jorge Mora.

08 de Febrero de 2020 | 07:40 | Redactado por Leonardo Vallejos, Emol
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Alex Moreno, El Mercurio
La justicia declaró inadmisible la querella por homicidio calificado interpuesta por la familia del hincha de Colo Colo, Jorge Mora, contra el ministro del Interior Gonzalo Blumel y el director general de Carabineros, Mario Rozas.

Así lo resolvió la jueza titular del 14° Juzgado de Garantía de Santiago Verónica Toledo, por estimar que ambas autoridades no tienen responsabilidad directa en el fatal atropello que sufrió el joven barrista por parte de un camión de Carabineros, como lo aseguró el abogado querellante Rodrigo Román.

Según estimó en su resolución la magistrada, no es posible afirmar que Blumel y Rozas habrían forzado al funcionario de Carabineros, Carlos Martínez, a actuar de tal forma que arrollara a Mora, quien se encontraba en un contexto de protesta en las afueras del estadio Monumental, tras el fin de un partido de fútbol entre Colo Colo y Palestino.

Asimismo, descartó que existiesen antecedentes respecto a que hubo concertación previa entre los querellados para concretar el hecho, lo que podría sustentar alguna acción penal en su contra.}

"La querella por otro lado no específica qué delito específico se indujo a realizar por estas dos autoridades, no bastando para configurar la inducción las incitaciones o insinuaciones de tipo genérico a sujetos indeterminados", agrega el fallo, enfatizando que "pretender que los términos de la vaga e imprecisa imputación dirigida en la querella contra los señores Blumel y Rozas pudiera dar lugar a la admisibilidad de la querella, importaría abrir la puerta a la responsabilidad penal objetiva, claramente vedada en un Estado Democrático de Derecho".

El tribunal, sin embargo, declaró admisible la acción penal respecto al funcionario policial imputado por cuasidelito de homicidio, quien se encuentra sometido a cautelares de arraigo nacional y firma mensual luego que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara dictaminar medidas más intensas pues serían desproporcionadas ante la inexistencia de dolo, pues el hecho –a juicio de los sentenciadores- se trató de una "conducta negligente justificada".

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