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"Libertad de padres de elegir educación de personas a su cargo" buscará los 2/3 por última vez en pleno de la Convención

La Comisión de Derechos Fundamentales despachó la última propuesta posible del derecho a educación. Todo lo que no alcance 103 votos quedará fuera del debate.

05 de Mayo de 2022 | 11:22 | Por Cecilia Román, Emol.
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La instancia despachó esta mañana la propuesta que será votada por el pleno de la CC la próxima semana.

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Ya está lista la propuesta de derecho a la educación que enviará la Comisión de Derechos Fundamentales al pleno de la Convención Constitucional, para ser votada la próxima semana.

Esta será la última oportunidad de esta norma para buscar los 103 votos que le permitirán integrarse al borrador de nueva Constitución. Todos los puntos que no logren ese quórum quedarán fuera del debate constitucional. Hasta ahora, el borrador de nueva Constitución establece que "el Estado asegura a todas las personas el derecho a la educación".

Pero ahora, además, la comisión propone que "la educación es un deber primordial e ineludible del Estado", y que es un proceso de formación y aprendizaje "permanente a lo largo de la vida, indispensable para el ejercicio de los demás derechos y para la actividad científica, tecnológica, económica y cultural del país".

En el artículo se establecieron incluso los fines de esta, que serían "la construccio´n del bien comu´n, la justicia social, el respeto de los derechos humanos y de la naturaleza, la conciencia ecológica, la convivencia democrática entre los pueblos, la prevención de la violencia y discriminación", entre otros.

Se regirá por los enfoques de "cooperación, no discriminacio´n, inclusio´n, justicia, participación, solidaridad, interculturalidad, enfoque de ge´nero, pluralismo" y tendrá un carácter "no sexista" (23 a favor y 8 en contra).

Entre los puntos que se agregaron a la norma está que "la educación será de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media" (16 a favor y 7 en contra).

Libertad de enseñanza y financiamiento de la educación


Sobre la libertad de enseñanza se aprobó que es garantizada por la Constitución y el Estado tiene el deber de respetarla (23-7-3) y que esta comprende "la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo, respetando el interés superior y la autonomía progresiva de niños, niñas y adolescentes" (25-6-2).

En cuanto a la educación superior, se estableció que el ingreso, permanencia y promoción de los estudiantes se regirá por equidad e inclusión, y que los estudios conducentes a títulos y grados académicos iniciales serán "gratuitos en la instituciones públicas y en aquellas privadas que determine la ley".

La propuesta asimismo permite que el Estado financie establecimientos educacionales no estatales "siempre que se rijan por los fines y principios de la educación" y no lucren.

En el caso de la educación parvularia, básica y media, estos establecimientos que reciban fondos públicos tendrán que ser de carácter gratuito (22-8-2).

Sistema Nacional de Educación


La comisión propondrá un "Sistema Nacional de Educación" integrado por las instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado, y "tendrá como centro la experiencia de aprendizaje de los estudiantes" (24 a favor, 5 en contra y 4 abstenciones).

Estos establecimientos "serán de carácter democrático, no podrán discriminar en su acceso, se regirán por los fines y principios de este derecho, y tendrán prohibida toda forma de lucro" (25-7-1).

Además, se incluyó un inciso que establece que el Estado tendrá que brindar oportunidades y apoyos adicionales a quienes están en situación de discapacidad (27-1-4).

Sistema de Educación Pública


En este punto, la instancia propone que "el Estado deberá articular, gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas" (24-7-1).

Los integrantes de las comunidades educativas podrán participar en las definiciones del proyecto educativo y en las decisiones de cada establecimiento, "así como en el diseño, implementación y evaluación de la política educacional local y nacional para el ejercicio del derecho a la educación", lo que tendrá que ser regulado por ley (24 a favor y 8 en contra).

Finalmente, se aprobó el deber del Estado de garantizar y promover el acceso a la "educación intercultural plurilingüe en todos sus niveles", y que los programas educativos y currículum tendrán que incluir cultura, conocimientos, tecnologías y cosmovisiones de los pueblos.

"Además, que los pueblos originarios tienen autonomía para desarrollar sus propios establecimientos e instituciones de conformidad a sus costumbres y cultura, respetando los fines y principios de la educación, y dentro de los marcos del Sistema Nacional de Educación establecidos por la ley" (24-7-2).
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