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Sepa por qué algunos chilenos tienen por ley más de 15 días hábiles de vacaciones

En Emol le entregamos información útil a la hora de pedir sus merecidos días de descanso: Enfermedad en vacaciones, vacaciones anticipadas, remuneraciones durante estos días libres, entre otros derechos.

01 de Enero de 2012 | 10:38 | Por Cristina Cáceres Jara, Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- Se inició enero y muchos de los chilenos en lo único que piensan es en poder disfrutar de sus vacaciones. Sin embargo, es importante que los trabajadores sepan cuáles son sus derechos en torno a su periodo de descanso. Es por eso que le entregamos información que puede ser útil a la hora de pedir esos merecidos días de relajo.


En Chile la cantidad de días de vacaciones puede ser variable, puesto que hay dos regiones (más una provincia) del país cuyo período es de 20 días hábiles y no de 15 como lo determina la ley para el resto de los chilenos.


Los empleados de las regiones de Aysén y de Magallanes y la Antártica Chilena, así como en la Provincia de Palena (al extremo sur de la Región de Los Lagos), gozan de este 'beneficio' debido a que, al ser zonas lejanas, las personas tardan más días para poder trasladarse.


El subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, explicó a Emol que la ley "toma en consideración las condiciones de empleo de la región y los costos asociados a la lejanía. La medida además permite a los trabajadores, que en general pasan menos tiempos con sus hijos dadas estas condiciones, de un mayor espacio para disfrutar de sus vacaciones".


Otro de los detalles que es importante considerar y que no muchos trabajadores saben, es que si uno se enferma en periodo de vacaciones, tiene derecho a pedir licencia médica y se congela el periodo de descanso.


"El trabajador no pierde el periodo de vacaciones. En vez de estar cinco días de su tiempo libre en cama, debe tramitar la licencia, presentarla, se le suspende el periodo de vacaciones por ese tiempo y luego puede retomar sus vacaciones", manifestó.


También está el beneficio de vacaciones progresivas, que consisten en que un trabajador con 10 años de trabajo – sumados uno o más empleadores, contínuos o no – tienen derecho a un día adicional por cada tres nuevos años trabajados para su actual empleador.


Baranda  agregó que el trabajador tiene derecho a recibir una remuneración íntegra cuando sale de vacaciones, es decir, si tiene sueldo fijo, debe recibir éste y si tiene remuneración variable, se calcula el promedio de lo que ganó durante los últimos tres meses.


Al ser consultado por el caso de un trabajador contratado que dejó de pertenecer a la empresa antes de un año, el subsecretario explicó que el individuo percibirá una indemnización equivalente a la remuneración íntegra calculada en forma proporcional al tiempo entre la contratación y el término de sus funciones.


En el caso que un trabajador solicite tomar sus vacaciones antes de un año de trabajo, éstas deben otorgarse en forma contínua o como mínimo por 10 días hábiles seguidos. El tiempo restante se puede fraccionar. Además, hay que tomar en cuenta en que por ley no se pueden acumular las vacaciones.


"No puede ser por más de dos períodos. Uno de ellos debe otorgarse antes de que el trabajador(a) cumpla el tiempo que le da derecho a un tercer período", sostiene la autoridad.


A las empresas que no otorguen el feriado anual o el progresivo se les pueden cursar multas que van entre las 10 y 60 UTM, al igual que aquellas que compensen ilegalmente en dinero las vacaciones. Los montos dependen de si la compañía tiene entre 1 y 49 empelados, entre 50 y 199, o 200 y más.

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