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Caso La Polar: Justicia rechaza acuerdo conciliatorio entre Chile Ciudadano y la multitienda

Sin embargo, el fallo considera la posibilidad de que ambas partes presenten una nueva propuesta durante el juicio o en la etapa de conciliación correspondiente.

31 de Mayo de 2012 | 12:31 | Por Leslie Ayala y Carlos Agurto, Emol
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El Mercurio (Archivo).

SANTIAGO.- El 1° Juzgado Civil de Santiago decidió rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio entre el abogado Tomás Fabres -representante de Chile Ciudadano- y multitiendas La Polar, para compensar a los clientes afectados por repactaciones unilaterales , anunciado el pasado 23 de mayo.


Según el fallo del tribunal "todo avenimiento, conciliación o transacción deberá ser sometido a la aprobación del juez, quien puede rechazarlos si lo estima contrarios a derechos o arbitrariamente discriminatorios".


Por esto, "y luego de un análisis pormenorizado de la proposición formulada por las partes, se advierte que en ella no se contienen todos los elementos necesarios para que sea ajustada al fin establecido por el Legislador para la protección del interés colectivo de los consumidores", agrega el documento.


La jueza Marcela Solar Echeverría considera que un convenio de este tipo no puede estar supeditado a condiciones de las cuales dependa el efectivo cumplimiento del mismo, "como ocurre, por ejemplo, con la letra F) de la proposición formulada, denominada “Fórmulas y procedimiento de devolución de dinero a quienes resulten acreedores netos:", la cual queda supeditada a la condición, que el presente acuerdo sea aprobado por la Junta de acreedores de la compañía.


"Lo que excede con creces el ámbito de la necesaria seguridad jurídica que debe otorgárseles a los consumidores y que debe quedar plasmada en cualquier clase de acuerdo que se celebre y apruebe, atendida la naturaleza del procedimiento sobre el cuál recaen", añade el escrito.


El fallo también cuestiona el accionar del abogado representante de un grupo de afectados, Tomás Fabres, conforme "el procurador común deberá ajustar, en lo posible, su procedimiento a las instrucciones y a la voluntad de las partes que representa; y, en los casos en que éstas no estén de acuerdo, podrá proceder por sí solo y como se lo aconseje la prudencia, teniendo siempre en mira la más fiel y expedita ejecución del mandato", situación que según el titular del tribunal en este caso no se cumple.


Por último, el documento dado a conocer hoy considera que no se está respetando el derecho de los consumidores de decidir si hacerse parte o no en un plazo de 20 días hábiles desde que fue conocida la conciliación.


Pese a los cuestionamientos, el fallo de la jueza Solar considera la posibilidad que La Polar y Chile Ciudadano presenten una nueva propuesta durante el juicio o en la etapa de conciliación correspondiente.

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