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Emblemático actor de teatro y teleseries José Soza le gana batalla judicial a TVN

La Corte Suprema dio la razón al artista quien demandó a la casa televisiva para que le pagara las cotizaciones y las vacaciones que le correspondían al comprobarse su condición de trabajador dependiente.

17 de Junio de 2011 | 18:05 | Por Leslie Ayala C., Emol
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El Mercurio.

SANTIAGO.- Una importante resolución judicial, que podrá servir de paradigma para otros trabajadores que se encuentren en condiciones laborales irregulares, entregó esta semana la Corte Suprema.


Esto luego que el máximo tribunal ratificara, parcialmente, el fallo de primera instancia a favor del emblemático actor de teatro y telenovelas José Soza Hernández quien demandó a Televisión Nacional (TVN) cuando la casa televisiva no le renovó su contrato a plazo fijo el 2009, argumentando que "no tenían contemplados papeles para personas de su edad".


La Corte Suprema rechazó el reintegrar al profesional de las tablas a su antiguo trabajo, como también se pretendía en el juicio, pero condenó a la estatal a pagarle a Soza las cotizaciones y las vacaciones que le adeuda desde 1991 al 2009, luego que se comprobara que entre el actor y TVN "hubo una relación laboral encubierta".


Entre el feriado legal y las cotizaciones pendientes el profesional de las tablas debería recibir cerca de $200 millones que podrá administrar en el momento en que se jubile.


El intérprete del payaso "Lindorfo" de la teleserie Circo de Las Montini, pese a no contar con un contrato indefinido, logró acreditar ante la justicia que anualmente y durante casi 20 años prestó servicios de forma ininterrumpida, "no habiendo trabajado jamás para otro empleador".


Insatisfechos


La abogada Gabriela Carvajal, del Estudio Coddou & Cía., y que representó al artista en el proceso judicial dijo a Emol que "a pesar de habérsele reconocido la calidad de trabajador dependiente al actor, lo que constituye un logro sin precedentes en esta materia, el fallo de la Corte Suprema determina que no es procedente sancionar a TVN con la denominada 'Ley Bustos' a TVN, empresa que no enteró las cotizaciones de seguridad social -y hasta ahora no lo hace -y que por años mantuvo a este trabajador en la más absoluta informalidad".


La jurista agregó que esta decisión del máximo tribunal constituye una vulneración al principio protector del Derecho del Trabajo y criticó que el fallo tenga una errada interrpretación de esta norma "la que desde su origen estuvo pensada como una sanción ejemplarizadora que no hace distinción alguna".


Para Carvajal, la justicia debería haber sancionado a la televisora obligándola además a continuar pagando la remuneración del afectado, pues para la defensa la ley laboral está "destinada a poner fin a los abusos de empleadores que desconocen los derechos laborales más básicos de sus trabajadores".


"Lamentablemente en este caso una vez más queda sin aplicación en beneficio exclusivo del más fuerte, en este caso TVN", dijo.

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