Abogados de Vásquez pedían que fuera condenado por homicidio simple y no calificado.
Jaime Bascur, El MercurioSANTIAGO.- En un fallo unánime, la segunda sala de la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de nulidad que había presentado la defensa de Aarón Vásquez - el joven que dio muerte con un bate de béisbol al universitario Alejandro Inostroza- y con ello dejó firme la pena a siete años que le impuso el Tercer Tribunal Oral en lo Penal en el segundo juicio que se realizó en su contra.
La defensa de Vásquez buscaba anular aquel juicio por considerar que la pena aplicada no correspondía al delito cometido la madrugada del 28 de octubre de 2006.
El joven fue condenado como autor de homicidio calificado, pero a juicio de sus abogados el ilícito debía ser homicidio simple, puesto que el joven - dicen- actuó sin alevosía.
La Corte Suprema se pronunció luego que el Tribunal Constitucional rechazara un recurso presentado por la defensa de Vásquez para intentar revertir su actual situación procesal.
De esta manera el joven deberá continuar recluido en el centro semicerrado de Calera de Tango, perteneciente al Sename.
El fallo conocido hoy determina que no corresponde analizar el más reciente recurso de nulidad puesto que las dos sentencias dictadas en el caso son condenatorias, por lo que no hay contradicción entre ambas.
En el primer juicio contra Vásquez, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, lo condenó a tres años de presidio menor en régimen semicerrado por el delito de homicidio simple. Dicha resolución no dejó conforme al Ministerio Público, instancia que presentó una nulidad con el fin de que un nuevo juicio declarara que el joven había actuado con alevosía.
Dicho argumento fue acogido en forma unánime por la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones que dispuso la realización de un nuevo juicio, en el que Vásquez recibió la condena de siete años de reclusión en régimen cerrado, condena que fue ratificada hoy.