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Presentan moción para evitar que desconocidos reconozcan a hijos

El senador PS Carlos Ominami sostuvo que, si bien la ley de filiación introdujo grandes avances, no precisó un filtro que determine con exactitud el parentesco de quien reconoce a un hijo.

16 de Abril de 2008 | 15:34 | ORBE

SANTIAGO.- El senador PS Carlos Ominami planteó una moción sobre la filiación paterna con el fin de evitar que cualquier desconocido pueda reconocer a un hijo.


La iniciativa plantea que en el mecanismo de reconocimiento también debe participar la madre y dispone penas entre 61 días y 10 años de cárcel para quienes falseen maliciosamente la filiación.


La iniciativa, que fue derivada a la Comisión de Constitución para su estudio, apunta a fortalecer la legislación vigente para evitar casos como el ocurrido a una menor de 10 años que fue reconocida como hija legal por un cuidador de automóviles, que padecía serios trastornos mentales.


Según el parlamentario, si bien la ley de filiación introdujo grandes avances en materia de familia, no precisó con certeza algún mecanismo o filtro que permita determinar con exactitud el parentesco de la persona que reconoce un hijo.


Por ello, precisó que es fundamental establecer un mecanismo de reconocimiento donde la madre tenga una participación, a fin de promover y velar porque los reconocimientos sean efectuados por los verdaderos padres.


Más aún, si se toma en cuenta que en Chile, alrededor de 30 mil niños al año sólo son reconocidos por su madre dentro del primer año de vida, lo que refleja altos índices de familias uniparentales con un creciente ausentismo paterno.


La iniciativa


En lo fundamental, la moción plantea modificar la ley estableciendo que el presunto padre podrá manifestar su intención de reconocer a un hijo después de un año contado de la fecha de nacimiento, pero para que el reconocimiento surta efectos de derecho deberá ser confirmado por la madre.


Para ello, el presunto padre deberá expresar la intención de reconocer la paternidad de un hijo de filiación no matrimonial ante el oficial de registro civil, que deberá notificar a la madre. Si ésta no comparece dentro de los 30 días hábiles siguientes, expresando su confirmación o rechazo, se tendrá por reconocida la paternidad.


Por otra parte, se establece una pena entre 61 días a 3 años de cárcel para quienes alteren maliciosamente la filiación de un menor, impidan que ésta se constituya o simule la posesión de un estado civil para reconocer al hijo como suyo.


Además, el que suplante a otro con el objeto de alterar resultados de pruebas biológicas solicitadas por el tribunal, arriesgará una pena de 541 días a 5 años de cárcel. Pero si la suplantación se realiza concertadamente con el suplantado para alterar efectos de la filiación, la pena será de 3 años y 1 día a 10 años.


El proyecto también contempla una norma que establece el derecho de cada persona a preservar su identidad y que permite que una persona mayor de 14 años pueda modificar su apellido si cuenta con su consentimiento.

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