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Corte de Apelaciones de Temuco condena a instituto por publicidad engañosa

Una multa de casi dos millones de pesos más una indemnización para cada grupo familiar deberá cancelar por ofertar campo ocupacional para carrera de perito criminalístico.

09 de Diciembre de 2008 | 15:02 | El Mercurio Online

SANTIAGO.- La Corte de Apelaciones de Temuco condenó a la Corporación Santo Tomás para la Educación y la Cultura, sostenedora del Instituto Santo Tomás, a pagar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales (equivalentes a $1.882.600) y una indemnización de $500.000 para cada integrante de un grupo de padres que matriculó a sus hijos en la carrera de perito criminalístico en esa ciudad.


En fallo dividido, el ministro Víctor Reyes Hernández, el fiscal judicial Luis Troncoso Lagos y el abogado integrante Fernando Cartes Sepúlveda acogieron la demanda presentada por un grupo de padres por publicidad engañosa al ofertar la carrera como una alternativa con amplio campo laboral, hecho que resulta incierto en la realidad laboral de la carrera.


El ministro Reyes y el fiscal judicial Troncoso estimaron que el Instituto San Tomás violó los preceptos de la Ley del Consumidor al no advertir a los alumnos y sus apoderados del limitado campo ocupacional de la carrera de perito técnico criminalístico.


"El instituto Santo Tomás no empleó la diligencia ni el cuidado exigibles en la promoción y publicidad de las carreras de Técnico Perito Forense e Investigador Criminalístico, teniendo los medios para realizar estudios de factibilidad o de mercado que necesariamente debieron advertirle que no existía el campo laboral publicitado", dice el fallo.


El abogado integrante Cartes era partidario de no acoger la demanda en contra del Instituto argumentando que no existió ningún tipo de infracción.

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