EMOLTV

Rechazan recurso de protección por supuesto "espionaje" de Carabineros a parlamentarios

La Corte de Santiago estableció que la acción cautelar no es la vía idónea para establecer la veracidad de las presuntas interceptaciones telefónicas y que ésto es indagado por la fiscalía.

31 de Enero de 2012 | 10:48 | Emol
imagen
La Segunda.

SANTIAGO.- Por "no ser la vía idónea", la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el senador Alejandro Navarro en contra del Ministerio del Interior y Carabineros de Chile por supuestas interceptaciones telefónicas ilegales que habría realizado la institución a algunos parlamentarios.


En fallo unánime, el tribunal de alzada capitalino determinó que esta acción cautelar "no es la vía idónea para reclamar por supuestas actuaciones ilegales de Carabineros que además ya están siendo indagadas por el Ministerio Público".


El recurso, que iba en contra del ministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, se fundó en declaraciones vertidas por un ex miembro de la policía uniformada en una Comisión de la Cámara de Diputados y la Corte advierte que el senador Navarro no estuvo presente en dicha instancia.


"Tales declaraciones, en lo que respecta a la atribución de hechos ilícitos, constituyen un indicio de aquellos que pueden dar origen a un procedimiento penal (...) siendo que ya se ha iniciado una investigación de naturaleza penal y no siendo el recurso de protección un mecanismo de determinación de responsabilidad penal, éste debe ser desestimado", dice el fallo.


Asimismo, la resolución advierte que no se entiende por qué se le atribuye participación al ministro Hinzpeter en los hechos que -según la denuncia- los habría perpetrado personal de Carabineros de Chile.


"En estrados se sostuvo que esta responsabilidad nacería de la dependencia que tiene la institución respecto del Ministerio del Interior y que, en tal carácter, los actos u omisiones ilegales o arbitrarios que cometa u omita esa institución, también deben serle atribuidos al Ministerio antes indicado. Ello no es así, desde el momento que, desde antiguo, la responsabilidad penal o administrativa es siempre personal, de modo que ella no se puede presumir ni extender a terceros", sostiene el fallo.


Tras rechazar el recurso, la Corte santiaguina condenó al senador Navarro a pagar "las costas" de esta acción judicial.

EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?