SANTIAGO.- Por vulnerar la garantía constitucional de "igualdad ante la ley" es que la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado en contra del Colegio de la Santísima Trinidad de los Padres de Schoenstatt, de Concepción, y ordenó reintegrar de inmediato a un niño que fue expulsado por problemas conductuales.
El establecimiento decidió no renovar la matrícula para el menor de edad, quien debía cursar este 2012 el Quinto Básico en ese colegio católico, argumentando algunos incidentes que el alumno había protagonizado en ese lugar y sin considerar que -pese a ello- tenía un buen rendimiento escolar.
El máximo tribunal decidió revertir esa situación al estimar que con tal disposición el Colegio de la Santísima Trinidad de los Padres de Schoenstatt estaba vulnerando un derecho del estudiante y dictaminó revertir lo obrado por la institución católica.
"No se advierte razón que justifique la determinación de las autoridades del colegio, habida consideración de la calificación académica del educando, del compromiso asumido por los padres, de la circunstancia de encontrarse aquel bajo tratamiento médico, con lo que logró mejorar su conducta y está en vías de obtener nuevos resultados", dice el fallo.
Para los jueces de la Suprema al impedirle al menor seguir adelante con su educación se conculcó "su derecho a la igualdad ante la ley, en el entendido que la institución recurrida no pudo desconocer las especiales características del alumno que lo diferencian de los demás y que lo obligan como ente responsable de su proceso formativo -obligación asumida en el contrato de prestación de servicios educacionales- a brindarle los espacios necesarios para su adecuada educación integral y a utilizar hasta agotar todos los instrumentos necesarios para modificar su conducta".