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Canciller pide serenidad ante fallo de La Haya: "Chile ha hecho la labor que le corresponde"

El ministro de RR.EE., Alfredo Moreno, destacó que nuestro país debe esperar el veredicto con tranquilidad, ya que se presentaron los argumentos "de muy buena forma" y con "los mejores abogados".

13 de Diciembre de 2013 | 12:10 | Emol
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Felipe González, El Mercurio.

SANTIAGO.- El ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo Moreno, hizo un llamado a esperar con serenidad el fallo que la Corte Internacional de Justicia de La Haya entregará el próximo 27 de enero sobre la demanda marítima de Perú en contra de Chile, y aseguró que nuestro país hizo la labor que le corresponde para obtener un buen resultado.


En entrevista con 24 Horas, el canciller destacó que durante el proceso "hemos presentados nuestros argumentos de muy buena forma, hemos contratado a los mejores abogados, hemos tenido un equipo que viene desde el gobierno anterior y que han hecho un trabajo que todos los chilenos lo vieron públicamente a fines del año pasado, así creo que Chile ha hecho la labor que le corresponde".


"Chile ha hecho la labor que le corresponde, no creo que esto haya que mirarlo con exitismo, hay que mirarlo con serenidad", agregó el ministro, junto con recalcar que "Chile es un país que, como lo hemos señalado en repetidas oportunidades, respetuoso del derecho internacional".

Consultado sobre la posibilidad de que, en caso de que el resultado sea desfavorable para Chile, se presente algún recurso de apelación, Moreno indicó que "lo primero es esperar el fallo y naturalmente toda persona y país que está frente a un tribunal todos sus derechos los puede ocupar, pero lo primero que tenemos que hacer es escuchar el fallo".


En esa línea, explicó que "hay solo dos recursos, no hay un recurso de apelación, no hay otra corte o la misma corte donde uno pueda apelar el fallo y decir 'mire, quiero dar nuevos antecedentes para que usted modifique el fallo'. Eso no existe, esta es una corte que tiene una sola instrucción y decide".


"Los recursos que sí existen son el de interpretación, que requiere que los dos países tengan algún desacuerdo, es decir, que tengan una diferencia de interpretación. No es para cambiar el fallo, sino para que si no hubiera un entendimiento común de alguna parte del fallo los dos países pueden concurrir a la corte y decirle 'explíquenos usted qué es lo usted que quiso decir en esta parte, porque tenemos dos interpretaciones diferentes'", añadió.


Asimismo, informó que "el segundo recurso es de revisión, que tiene varios elementos. En primer lugar, no es una apelación del fallo, sino que lo que requiere es que haya algún antecedente nuevo, alguna cosa que no se usó durante el juicio, que no era conocida no por culpa de quien fuera perjudicado por su no conocimiento, sino algo secreto, escondido, en fin".


"Este hecho nuevo o documento nuevo tiene que ser tan relevante como para cambiar la suerte del juicio. En ese caso se puede presentar, tiene un plazo de diez años en total, es decir, no se puede presentar después de diez años, y tiene que presentarse antes de que se cumplan seis meses de que se conozca ese hecho nuevo", afirmó.


Finalmente, el secretario de Estado recordó que "el fallo es válido en forma inmediata, así lo establecen los estatutos de la corte, pero eso no quiere decir que se implementa de forma inmediata, porque para poderlo implementar hay que hacer acciones. Por lo tanto, una vez conocido el fallo los dos países van a tener que trabajar para implementar lo que el fallo haya establecido".

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