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Corte rechaza recurso que buscaba prohibir celebración del "Día del melón con vino"

El Tribunal de alzada desestimó el argumento de la alcaldesa Carolina Tohá que solicitaba un contingente policial equivalente a cuando hay un partido de alto riesgo. La edil "cuenta con las facultades necesarias para resguardar el orden público", dice el fallo.

10 de Febrero de 2015 | 08:43 | Emol
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El Mercurio

SANTIAGO.- Inadmisible fue declarado por la Corte de Apelaciones el recurso de protección que presentó la alcaldesa de Santiago, Carolina Tohá en contra de la celebración del Día del melón con vino, convocada para el próximo 14 de febrero en Quinta Normal. Según la edil, invitaba a los participantes "a tomar en la vía pública".


La edil sostuvo que la misma actividad desarrollada en enero en el Parque O' Higgins terminó con graves daños en el sector de camping, en las rejas perimetrales y en cerca de 70 árboles nativos, lo que provocó, entre otras cosas, que el municipio modificará la asignación de equipos de aseo municipal, los cuales debieron abandonar funciones en otros sectores alrededor del parque, para limpiar los 18 metros cúbicos de basura que dejaron los asistentes.


De hecho, Tohá manifestó que el evento requiere incluso, que la Intendencia disponga "un operativo policial equivalente al que se hace cuando hay un partido de alto riesgo". Esto, porque se trata de una actividad "compleja", que invita "a consumir alcohol en las calles, algo que no es legal".


Sin embargo, pese al intento de la autoridad municipal, la resolución que emanó de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones sostiene que "los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan exceden los márgenes de las materias que deben ser conocidas por el presente recurso atendida su naturaleza cautelar".


Por lo tanto, agrega que "la señora Alcaldesa recurrente cuenta con las facultades necesarias para resguardar el orden público dentro de su comuna y solicitar el auxilio de la fuerza pública que estime pertinente para ello, razón por lo que esta acción no será admitida a tramitación".

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