EMOLTV

Contralor General de la República emitió declaración sobre indemnizaciones

El Contralor General de la República, Arturo Aylwin Azócar, dio a conocer hoy una declaración pública referente al problema suscitado por las indemnizaciones, donde consigna, entre otros puntos, que la Contraloría General no ha podido fiscalizar los contratos de trabajo, incluidas las remuneraciones pactadas en las empresas regidas por el sistena de negociación colectiva.

03 de Noviembre de 2000 | 16:38 | ORBE
SANTIAGO.- Una declaración pública emitió hoy el Contralor General de la República, Arturo Aylwin Azócar, referente al problema suscitado por el pago de indemnizaciones.

El texto de la declaración pública señala que "ante diversas declaraciones que se han hecho en el tema de las indemnizaciones, en particular sobre lo informado por el contralor general en la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados, este organismo cumple con señalar lo siguiente:

1.- Tal como lo consignó el contralor general en la sesión de la Cámara a la que concurrió, la Contraloría General no ha podido fiscalizar los contratos de trabajo, incluidas las remuneraciones pactadas celebradas en las empresas cuyo personal está regido por el sistena de negociación colectiva, pues dicha materia fue sustraída de su competencia por aplicación del DL.2.950 de 1979.

2.- Sin perjuicio de lo anterior, el organismo contralor debió efectuar este año un trabajo de recopilación de las indemnizaciones canceladas por empresas estatatales desde el 1 de enero de 1990. Ello lo hizo en cumplimiento de una obligación que la impone la Ley Orgánica del Congreso Nacional al ser requerido en tal sentido por la Cámara de Diputados. Fruto de este trabajo fue el informe entregado a la Comisión Investigadora que abarca la información recopilada hasta esa fecha que estaban en proceso de validación.

3.- Durante la exposición hecha a la Comisión Investigadora, el contralor señaló categóricamente que ni el ex Presidente Frei ni el actual Presidente Lagos tuvieron intervención en la aprobación de ninguna de las indemnizaciones aludidas. Cuando se detectó un error en el cuadro-resumen respecto de dos ex funcionarios, fue corregido de inmediato en presencia y con la anuencia de todos los miembros de la Comisión. Por eso, resultó extraño que ese hecho erróneo, tan evidentemente erróneo, haya aparecido publicado en un medio de comunicación como hecho cierto 24 horas después.

4.- En la misma oportunidad, el contralor general señaló casos en que Contraloría representó a la autoridad pertinente, algunas indemnizaciones que fueron otorgadas sin respaldo legal o contractual, y que, en consencuencia, excedían lo estríctamente laboral.

5.- Con motivo de auditorías efectuadas en 1999, se recogió información y se constataron algunas indemnizaciones convenidas que excedían manifiestamente lo racional. De este hecho, se informó a la administración durante el año 1999 y principios del 2000, según las situaciones. Ello se hizo en forma escrita o de un modo verbal a las autoridades respectivas, que es lo que legamente corresponde.

No es del caso detallar ahora todo lo que ocurrió, pues ya fue suficientemente explicado en la Cámara de Diputados, complementado la documentación entregada a ésta.

6.- Cabe hacer presente tres circunstancias relevantes:
a) La Contraloría General ha sido insistente en señalar, tanto dentro como fuera de la Comisión, que no cabe hacer generalizaciones, pues la gran mayoría de las indemnizaciones otorgadas han sido ética y legalmente inobjetables. En todo caso, será la propia Comisión y los Tribunales que deberán efectuar el análisis caso a caso.

b) En la sesión de la Cámara el contralor manifestó que nada resultaría más pernicioso que los hechos ocurridos, por todos lamentados, se constitituyeran en un acicate para desatar pasiones y descalificaciones recíprocas.

Se percibió claramente la misma preocupación por parte de los miembros de la Comisión; así lo expresaron diputados de los diferentes sectores. Por lo mismo, sería penoso y muy dañino para el país y para el prestigio de nuestras instituciones que la intervención del contralor,realizada con absoluta objetividad, profesionalismo y veracidad sirviera de instrumentos para otros fines en lo que se ponga en duda su contenido o intenciones.

Se puede asegurar que todos los datos entregados corresponden íntegramente a la información recogida en las propias empresas. La toma de razón de algunos decretos se refieren a aspectos generales sobre transformación de empresas sanitarias en sociedades anónimas y ventas de acciones y no a casos específicos.

c) Del mismo modo, el contralor ha sido enfático en señalar que es de mucha gravedad que por situaciones aisladas se ponga en duda la dignidad de la función pública y la honra de muchos funcionarios. De seguirse ese camino, se erosionaría gravemente la eficiencia de la administración, pues se ahuyentaría de sus cuadros a los mejores profesionales y se crearía un clima de desprestigio que facilitaría la corrupción.

7.- Dentro de este contexto, es evidente la necesidad insoslayable de que se apruebe en forma urgentísima la normativa necesaria a fin de regular y fiscalizar en mejor forma las empresas del Estado, evitando distorsiones y mal uso de los recursos públicos comprometidos.

Es fundamental y muy urgente restablecer las facultades fiscalizadoras a este organismo, dotándola de los medios necesarios, todos ello en forma coherente con la dinámica de una administración moderna y eficiente y considerando, además, las características que deben tener las empresas del Estado en armonía con la naturaleza de su actividacd.

De todos modos, debe procederse en una línea de fortalecimiento efectivo del Sistema Nacional de Control, el que incluye, entre otros actores, la Cámara de Diputados, la propia Contraloría General y las auditorías internas de la Administración.

Al respecto, es conveniente llamar la atención sobre el hecho de que la mayor parte de los casos anómalos se han producido tratándose de organismos o de materias que han sido sustraídas de la fiscalización del Organismo Contralor", finaliza la declaración.
EL COMENTARISTA OPINA
¿Cómo puedo ser parte del Comentarista Opina?