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Discurso completo de Juan Claro

FORMACIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS EN EL CONTEXTO DE LA REFORMA DE SALUD DE CHILE
Carolina Torres Riobó, Médico en Programa de Formación de Especialistas en Salud Pública, Universidad de Chile.
Giorgio Solimano Cantuarias, Médico, Director Escuela de Salud Pública, Facultad de Medicina, Universidad de Chile.

Tablas y anexos

ANTECEDENTES

Chile es reconocido en Latinoamérica y el mundo por el desarrollo de sus sistemas de salud, no sólo por los resultados logrados, sino también por su carácter pionero e innovador, impulsado por un Estado fuerte y comprometido con la protección de la calidad de vida de su población.

En 1924 se promulgó la Ley 4.045 que creó la Caja del Seguro Obrero Obligatorio, cuyo objetivo fue dar cobertura a los riesgos de invalidez, vejez y muerte, y brindar atención médica a trabajadores que hasta entonces no tenían acceso efectivo a servicios de salud.

Hace 50 años nació el Servicio Nacional de Salud, organismo que destacó en una Latinoamérica que se iniciaba en el ámbito de los sistemas de atención de salud organizados, haciéndose cargo, progresivamente, de las actividades de fomento, protección y atención de salud de la población beneficiaria dentro del territorio nacional.

En este contexto Chile tuvo un reconocido acierto en 1963 con la promulgación de la Ley 15.076, que fue la base para la posterior creación del "Ciclo de Destinación" para médicos y otros profesionales de salud..
Su objetivo inicial era dotar de médicos y odontólogos a los lugares más apartados del país, donde los profesionales no manifestaban interés por ejercer, usando el atractivo de una beca de especialización posterior. Las condiciones eran atrayentes, puesto que los médicos y odontólogos generales dezona que accedían a estas plazas ejercían por un período de 2 a 6 años, al cabo del cual tenían derecho a ingresar a programas de especialización en las universidades. Tras esa especialización, estos profesionales quedaban exentos de obligaciones con el sistema público de salud.

A medida que se desarrolló la especialización médica en el país, la formación de especialistas contemplada en el Ciclo de Destinación, se transformó en un objetivo del sistema público para impulsar el desarrollo de prestaciones especializadas cada vez más requeridas por la población beneficiaria. En este contexto se generó la categoría de "becas primarias", que exigía un período de devolución de igual duración que el programa de especialización (habitualmente 3 años).

Entonces, un médico recién egresado tenía fundamentalmente dos vías para acceder a especializarse: ser médico general de zona y luego hacer la especialización, u obtener una "beca primaria". Ambas alternativas fueron ofrecidas en el mismo concurso hasta 1996, año en que se separaron en dos concursos no excluyentes.

Este sistema evolucionó con períodos de depresión y potenciación, esta última más evidente a partir de los años 90 junto con la recuperación de la Democracia. En marzo de 2000 el 24.6% de los médicos del país eran generales de zona del Ciclo de Destinación, el que había llegado a tener una dotación máxima de 2500 profesionales en 1998. Concomitantemente con el aumento de los cupos globales, aumentaron los cupos para programas de especialización: frente a los 737 del año 2001, en 1989 había 272 becados financiados por el Ciclo. (Tablas)

Cabe destacar que la formación de especialistas no sólo ha nutrido (y nutre) al sector público, sino que también es fuente de recursos humanos para el sector privado, ya que este último emplea aquellos médicos que no tienen compromiso post-beca y/o quienes reducen su jornada laboral en el sector público en el período de retribución asistencial.

Sin embargo, paulatinamente, para los usuarios (pacientes y médicos), los resultados del Ciclo no fueron satisfactorios en términos de especialistas como resultó ser respecto a los médicos generales.

La inadecuada coordinación entre el Ministerio y los Centros Formadores afectó la relación existente por décadas. Para definir los cupos y programas de especialización, el Ministerio de Salud usa las opciones que las Universidades le entregan, con un débil proceso de negociación. A su vez, las universidades tienen como referencia los cupos acreditados, es decir, la capacidad reconocida, por ASOFAMECH. Sin embargo, al no existir una coordinación adecuada entre estas entidades, se produce una brecha entre lo acreditado y los cupos que efectivamente se entregan para los programas de especialización. Según datos de ASOFAMECH, las universidades están entregando aproximadamente un 55% de su capacidad en formación en especialidades primarias al Ministerio de Salud, entre los que el "Concurso de Becas de Retorno para Médicos Generales de Zona" es el de mayor peso.

Para complejizar aún más la capacidad formadora, en la actualidad las universidades contemplan al menos 4 categorías en la formación de especialistas: los "universitarios" (autofinanciados), sin obligación asistencial posterior; los "primarios" que apenas superan el centenar, con una obligación asistencial post-beca de 6 años; los "comisionados de estudios", que representan la mayor parte, y que son aquellos médicos que ejercieron como generales de zona por un período de 3 a 6 años, y que en general, no tienen compromiso asistencial post-beca; y un grupo pequeño de médicos con otros tipos de financiamiento o condiciones. (Tablas)

OBJETIVOS


El objetivo de este trabajo es analizar la información existente respecto a las políticas de formación de médicos especialistas en Chile, y su relación con el actual proceso de Reforma del Sector Salud.

Los objetivos específicos son:

1. Proporcionar información objetiva que contribuya a generar un debate respecto a las políticas de formación de médicos especialistas en Chile.
2. Analizar el marco legal y administrativo de la formación de médicos especialistas en Chile.
3. Analizar la tendencia de la capacidad de formación de médicos especialistas y subespecialistas y su traducción en oferta real a los médicos.
4. Evidenciar algunas debilidades del sistema de formación, y posterior filiación o retención de los médicos especialistas en el sistema público de atención de salud de Chile, en el contexto de la Reforma de Salud.

NÚMERO, TIPO Y DISTRIBUCIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS, EL MARCO LEGAL Y LA ACREDITACIÓN.


La información disponible no es alentadora ya que las últimas cifras oficiales datan de 1999, y no existe un registro nacional unificado de la cantidad de médicos, generales y especialistas que se forman o ejercen dentro del territorio nacional. Más serio aún, los datos oficiales están basados en información proporcionada por el Colegio Médico, por lo que se presume incompleta, toda vez que la colegiatura en Chile no es obligatoria.

Sin embargo, teniendo en cuenta estas limitaciones, las cifras muestran que la distribución dista de ser equitativa a lo largo del territorio nacional. (Tablas) Esta inequidad distributiva se acentúa al observar la distribución de estas horas médicas entre los sistemas de atención dependiente y no dependiente del Sistema Nacional de Servicios de Salud. (Tablas)

Estas cifras son preocupantes, ya que la población beneficiaria del Sistema Nacional de Servicios de Salud al menos duplica a aquella que no lo es, por lo que la inequidad en la disponibilidad de horas de médicos, generales y especialistas, es alarmante.

Por su parte, ASOFAMECH, a través de su Comisión Nacional de Acreditación de Programas y Centros Formadores de Especialidades Médicas, elabora cada 3 ó 4 años informes respecto a los cupos acreditados en cada especialidad para cada centro formador, como una referencia de la capacidad máxima nacional de formación de médicos especialistas. El último informe data de 1994, el que ha sido parcialmente actualizado el año 2000. Este año debió publicarse el resultado del nuevo proceso de acreditación que estaba en su etapa final en septiembre, sin embargo esta publicación ha sido postergada para el 2003. La evolución de los cupos anuales acreditados para las diferentes especialidades médicas incluídas en el sistema AUGE se presentan en los gráficos 6, 7, 8, 9.

En el contexto jurídico,la Ley 19.664, vigente desde el 1 de agosto de 2000, establece que los Directores de Servicios de Salud organizarán, distribuirán y estructurarán las plantas de horas en cargos de 11, 22, 33 y 44 horas semanales, según los requerimientos para el cumplimiento de las finalidades de sus respectivos servicios. (art.4°). Paralelamente, se establecen los procesos de ingreso y contratación de los profesionales médicos a las dotaciones de los Servicios de Salud (art. 8° y 9°) y su posterior especialización o perfeccionamiento (art. 10° y 11°). Se establece además la existencia de Reglamentos específicos para ejecutar estas funciones de formación del recurso humano necesario.

El Decreto 91 publicado en julio de 2001, aprueba el reglamento sobre acceso y permanencia en los programas de especialización a los que hace mención la ley 19.664. En este reglamento, el artículo 3° define que "los programas de especialización que ofrezcan los Servicios de Salud o el Ministerio de Salud corresponderán a aquellos que se requieran para la satisfacción de las necesidades del Sistema Nacional de Servicios de Salud y el cumplimiento de las políticas de salud...". Esta declaración se basa explícitamente en "estudios realizados por dichas instituciones", para los que "el Ministerio de Salud desarrollará las metodologías necesarias" para su ejecución. Sin embargo, no hay evidencia de estudios después de 1999.

Por otra parte, en relación con el acceso a los programas de especialización se establecen dos vías orientadas a dos universos de médicos: primero, los concursos convocados por el Ministerio de Salud para los profesionales funcionarios ingresados a la etapa de Destinación y Formación - EDF - según el artículo 8° de la Ley 19.664, cuyas bases tendrán amplia difusión nacional, ofreciendo los programas de especialidades que ofrezcan los Servicios de Salud o el propio Ministerio de Salud (art. 6°). Segundo, los concursos para médicos ingresados mediante el artículo 9° de la Ley 19.664 o los regidos por el Estatuto de Atención Primaria, que serán ofrecidos sólo por los Servicios de Salud, de manera separada a los anteriores (art.8°).

Las normas de permanencia en estos programas de especialización se especifican en el párrafo 3° de este reglamento, de las que sólo cabe mencionar la explicitación de la doble dependencia docente-administrativa de los médicos que cursen estos programas. En este mismo párrafo, se establece el marco reglamentario para el período de desempeño asistencial obligatorio, donde nuevamente se establecen diferencias entre ambos universos: los médicos ingresados a la EDF mediante el art.8° de la Ley 19.664 tendrán la obligación de desempeñarse en los organismos que pertenecen por un tiempo similar al de la duración del programa, tiempo al que se le descontará aquel en que se hubiere desempeñado en el respectivo Servicio de Salud (art. 17°). Aquellos ingresados a la EDF por el art.9° de la Ley 19.664, tendrán un período de desempeño asistencial obligatorio equivalente al doble del tiempo que dure su programa de especialización, pudiendo hacer valer el 50% del tiempo de permanencia del respectivo Servicio de Salud (art.18°).

El art. 21° del reglamento establece que "para cumplir con la obligación de regular la capacidad formadora de especialistas en el Sector, la Subsecretaría de Salud deberá adoptar las medidas tendientes a lograr que la oferta de dichos programas corresponda a las necesidades del país", de acuerdo a las políticas de salud fijadas por el Ministerio de Salud.

Finalmente, en lo que al marco legal respecta, el artículo 2° transitorio del reglamento obvia la necesidad de la existencia de los estudios explicitados en su artículo 3° para llevar a cabo el ofrecimiento de los programas de especialización sólo para el año 2001, por lo se podría suponer la existencia de un plan de estudios de necesidades para los años posteriores. Empero, no hay antecedentes de tal planificación.

A la luz de estos antecedentes, ¿Qué repercusión tiene esta insuficiencia de algunos especialistas y su inequitativa distribución en el país en el contexto de la reforma que se ha iniciado?



COMENTARIOS Y DISCUSIÓN


El Plan AUGE, o Sistema AUGE, contempla 56 patologías con garantía de cobertura y resolución explícitas. Estas garantías implican considerar la disponibilidad de recursos humanos suficientes, médicos entre ellos, y obliga a pensar en estrategias para reducir su déficit. Para ello, debe existir un claro diagnóstico del tipo y cantidad de médicos requeridos para satisfacer las necesidades de la población. Igualmente,la correcta ejecución del Sistema AUGE exige identificar las especialidades y subespecialidades médicas involucradas en él. Para tener una visión general de la disponibilidad de estos médicos especialistas en la red del SNSS, existen datos a marzo del 2000 de los cargos ocupados por los diversos especialistas, los que se presentan en la Tabla.

A grande rasgos, la desigual distribución se comporta de manera similar en las distintas categorías de especialidades, siendo más homogénea en relación a las especialidades básicas, esto es, Pediatría, Obstetricia y Ginecología, Medicina Interna y Cirugía General, donde el 61.15% de las regiones se ubica bajo el promedio, contra la situación percibida en las categorías de medicina general y especialidades derivadas, en que sólo la región metropolitana (7.69%) se ubica sobre el promedio. Así mismo, sólo la región capitalina se eleva sobre el promedio nacional de todas las horas médicas agregadas. (Gráfico 1, 2, 3, 4, 5)

El análisis de estos antecedentes permite destacar la concentración de horas médicas en la Región Metropolitana, tanto en medicina general como es todas las especialidades. La Región de Aysén presenta también una dotación superior al promedio general del país tanto en especialidades básicas como clásicas.

En contraste, la Región del Maule evidencia un déficit de profesionales médicos en todas las áreas, siendo especialmente crítica en medicina general, menos de la quinta parte del promedio nacional. Además, destaca que en los rubros de especialidades básicas y clásicas es la Región que más se aleja del promedio, y en las especialidades derivadas sólo es superior a la Región de la Araucanía.

Si se recalculan los índices, esta vez excluyendo a la Región Metropolitana, los promedios caen abruptamente, y la distribución presenta un comportamiento más uniforme, resultando entre el 50 a 60% de las regiones bajo el promedio para todas las categorías, y 50% para el total agregado de horas médicas por 10.000 habitantes. (Tablas)


Ante la legítima inquietud de diversos sectores respecto a la suficiencia de la dotación de recursos humanos para llevar a cabo exitosamente la Reforma de Salud, cabe preguntarse si existe una política de formación de recursos humanos, en este caso médicos, para cumplir con las promesas y garantías explicitadas en el Sistema AUGE.

En este escenario, la impactante inequidad distributiva de los especialistas médicos existentes en el país, hace imperativo que la capacitación del recurso médico existente, y la creación de capacidad para formar las faltantes se exprese en hechos palpables.

Desde el punto de vista legal, el Ministerio de Salud y los Servicios de Salud debieran tener la capacidad para ejercer presión sobre el sistema formativo para que éste se adecue a las necesidades del país, planteando incluso la necesidad de modificar los criterios para hacerlo más eficiente. Los distintos cuerpos legales que se desprenden de la Ley 19.664 entregan a la autoridad del sector la capacidad para que la formación del recurso humano médico sea la que realmente se necesite, basada en estudios propios de estos organismos. Sin embargo, el Ministerio de Salud no ha realizado estos estudios y actualmente basa su discurso, al momento de ofrecer cupos para especializarse, en criterios poco sustentables y más bien discrecionales.

En los últimos 15 ó 17 años, los cupos acreditados para las diversas especialidades primarias, aquellas que no exigen más que el título de médico-cirujano para ser cursadas, han presentado un tímido ascenso, aún cuando algunas disciplinas destacan por su notorio aumento y/o aparición, como son la Traumatología, la Anestesiología, la Radiología y la Psiquiatría Infantil. La Cirugía Infantil ha tenido un repunte considerable, mas no ha alcanzado aún el nivel de acreditación de 1985. Entre estas especialidades destaca desfavorablemente el caso de Psiquiatría que evidencia un progresivo descenso, y es una de las especialidades de mayor relevancia entre las patologías contempladas en el plan garantizado.

Además, existe la amenaza de no poder concretar la promoción de los médicos funcionarios que acrediten en el 2003 para ascender a las etapas de planta superior, y subetapas de ésta, situación que puede ser grave para la continuidad de los programas de atención médica especializada en los establecimientos públicos del país. Igualmente, es necesaria una efectiva coordinación entre las entidades de Salud y Educación.

Además, existe otra realidad asociada a esta falta de coordinación, los cupos efectivamente ofrecidos en los concursos no son necesariamente los cupos acreditados. Como ejemplo de esto último, se presenta en las Tablas las especialidades ofrecidas en el último concurso para médicos generales de zona y recién egresados. Esta información muestra el poco peso relativo de los cupos ofrecidos en las especialidades comprometidas en el AUGE. Preocupante es la situación de Cirugía General, Medicina Interna, Urología, Pediatría y Otorrinolaringología, especialidades que no alcanzan siquiera el 30% de la capacidad acreditada.

Igualmente destaca la oferta de cupos para programas de Medicina General Familiar, que excede en un 350% la capacidad acreditada. Para ser consecuente con los lineamientos del Ministerio de Salud la prioridad debiera estar en la formación de pregrado, y complementariamente en la formación de especialistas en Medina Familiar, que además debe orientarse a la especialización de los médicos que ya ejercen en la atención primaria municipalizada.

No son sólo las especialidades primarias, básicas, clásicas y otras, las relevantes para lograr una adecuada respuesta del sistema de salud a la reforma. El poco compromiso de la autoridad se observa al momento de analizar la situación de la formación de especialidades derivadas, o "subespecialidades", que exigen la formación previa en alguna especialidad primaria.En este ámbito no existe un diagnóstico acabado de la suficiencia de dotación de médicos "subespecializados" comprometido en el sistema AUGE, ni hay un registro nacional de la existencia de estos profesionales. El estudio del Minsal de 1999 evidencia la mala calidad de la información oficial ya que de un total de 17.479 médicos identificados, sólo 5.820 aparecen con especialidad declarada.

Estas especialidades derivadas también se someten a acreditación de los centros formadores y de los cupos máximos que éstos pueden ofrecer. (Tablas). Los concursos para estos cupos son manejados exclusivamente por las universidades, sin participación activa del Minsal. Esto no significa que los Servicios de Salud no puedan enviar a sus médicos a formarse en estas disciplinas si así lo estiman necesario, pero el mecanismo de selección es propio del centro formador universitario. Esto es especialmente complejo, pues nada asegura que estos cupos estén siendo ocupados por médicos que vayan a desempeñarse en los centros asistenciales del sistema público.


A lo anterior se agrega el aumento progresivo de los cupos universitarios para programas de formación "autofinanciadas" o "universitarias", que forman médicos especialistas sin compromiso asistencial con el sistema público de salud (Gráfico 10).

Pero la Reforma del Sector Salud no es sólo el Sistema AUGE. Existe una realidad que tiene relación con los procesos de cambio que ha sufrido la población chilena y mundial, que se traduce en modificaciones sustanciales de los perfiles sociodemográficos y epidemiológicos. La baja tasa de mortalidad general, el exitoso control de patologías infectocontagiosas, el impactante descenso de la mortalidad infantil, han sido fruto de políticas bien orientadas y mantenidas en el tiempo. Estos cambios han significado el progresivo envejecimiento de la población y el encarecimiento y complejización de las atenciones de salud curativas y de rehabilitación, dentro de las consecuencias de mayor relevancia. Esta nueva realidad, que además es progresiva, necesita de atención seria y responsable, de lineamientos normativos claros y de una nueva y sólida política de formación del recurso humano médico orientada a promover la salud positiva, esto es, mantener y proteger a los sanos para evitar que enfermen.

No es menos cierto que se debe propender a la potenciación del sector primario de atención, más cercano a la gente y puerta de entrada al sistema. El gobierno ha explicitado la necesidad de elevar la capacidad resolutiva de la atención primaria, y en este contexto priorizar la formación de médicos especialistas en "medicina familiar", capaces de brindar atención integral. Sin embargo, esta estrategia está mal enfocada. No es costo-efectivo formar un profesional por 7 años como médico general, incluirlo en el sistema de destinación por 3 a 6 años para que luego regrese a formarse como especialista por otros 3 años, para que finalmente termine en un consultorio atendiendo a la misma población y en el mismo nivel de complejidad resolutiva, que cuando recién egresó.

Es decir, no parece lógico el pretender mejorar la resolución del nivel primario por medio de especialidades ofrecidas en concursos "de retorno". Debiera fortalecerse el enfoque de la formación médica de pregrado, con el fin de producir médicos generales más eficientes, con mayor capacidad resolutiva, y con los conceptos de promoción y prevención incorporados en su diario quehacer, enfrentados a las necesidades de la población.

CONCLUSIONES


La información disponible para adquirir una opinión bien formada y sustentada sobre la formación de especialistas no sólo es escasa, sino que, en general, de mala calidad. Además está fuertemente sesgada por la fuente de la información, el Colegio Médico, que no necesariamente concuerda con el Ministerio de Salud sobre la forma de llevar registros de los profesionales médicos que ejercen en el territorio nacional.

La labor fiscalizadora y reguladora del ejercicio profesional, que le compete al Ministerio de Salud no se realiza eficientemente desde el momento que no existen registros válidos, unificados o unificables, sobre la cantidad, tipo y calidad de los médicos que ejercen la Medicina en Chile.

Es relevante la carencia de una política gubernamental respecto a la formación del recurso humano acorde con los objetivos sanitarios planteados en la Reforma. Los lineamientos de la Reforma deben traducirse en acciones reales y concretas para la planificación de los concursos para programas de especialización para médicos que ejercen, o ejercerán en el sistema público de atención de salud; y tambien para aquellos que opten por el ejercicio privado de la Medicina. Esta situación es todavía más impactante cuando se analiza la formación de médicos en las especialidades derivadas, o subespecialidades.

El Ciclo de Destinación, hoy Etapa de Destinación y Formación, es insuficiente en términos de estructura y ejecución, y la falta de coordinación efectiva entre el Ministerio de Salud, los Servicios de Salud y los Centros Formadores es una realidad que no se ha puesto sobre la mesa de discusión oficialmente. La falta de coordinación y de consideración de los cupos acreditados por ASOFAMECH hacen que la incongruencia necesidad - formación tenga un pronóstico poco claro en un plazo mediato.

Por otra parte, la falta de políticas de retención de los médicos especialistas, la falta de aplicación de la normativa legal vigente, la carencia de financiamiento para el ascenso funcionario que debería entrar en plena vigencia el 2003, han favorecido la tendencia a la fuga del recurso médico especializado desde el ámbito del ejercicio público al privado.

Finalmente, es evidente que no es posible avanzar responsablemente en la implantación de las garantías explícitas, sin una política de formación de recursos humanos clara y ajustada a la realidad, que incluya a los centros formadores en este proceso.

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