La
Contraloría General de la República publicó hoy un oficio que golpeó al
alcalde de Ñuñoa, Sebastián Sichel (IND-Chile Vamos). Señaló que la autoridad
no puede decretar estado de emergencia comunal, medida que el ex candidato presidencial anunció en marzo tras el baleo a un carabinero.
El órgano contralor, dirigido por Dorothy Pérez, acogió lo solicitado por la concejala Maite Descouvieres (PS) y dictaminó que "respecto al estado de emergencia, su artículo 42 dispone, en lo que importa, que en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación,
lo declarará el Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias".
Sin embargo, tanto el Municipio como el mismo Sichel interpretan que este dictamen de Contraloría sí les permite decretar estado de emergencia comunal.
"La Contraloría ratificó la facultad de la Municipalidad de Ñuñoa para utilizar el decreto de emergencia comunal en materias de seguridad pública. La seguridad es prioridad. Seguimos haciendo la pega. Vamos!", fue la publicación de la autoridad.
Mientras que la Municipalidad emitió un comunicado en el que señalan que "r
especto a lo emitido por Contraloría, la municipalidad actuó conforme a lo dispuesto por el organismo fiscalizador, que dice textual: 'en orden a lo informado por el municipio, se aprecia que lo decretado dice relación con la adopción de medidas de gestión interna con la finalidad de prevenir los delitos y promover la seguridad pública dentro de su territorio, lo que se adecúa a la referida función municipal sobre la materia'. Por tanto, se ratifica la facultad de los municipios de dictar el decreto de emergencia comunal".
Consultadas fuentes conocedoras del proceso señalan que es "errónea la interpretación" de Sichel, ya que el oficio dice "claramente" que no se puede decretar estado de emergencia comunal bajo el artículo 42, el que estipula que el Presidente de la República es el único con esa facultad.
La publicación de Sichel