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Juez Montiglio aplica amnistía en otro episodio de caso Caravana

El ministro absolvió a los generales (r) Gabriel del Río y Sergio Arellano Stark y otros cinco procesados por el episodio "San Javier".
Carolina Valenzuela, El Mercurio en Internet
Martes 16 de Mayo de 2006 09:00
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Los hechos
Según lo establece el proceso, el 2 de octubre de 1973, los cuatro detenidos fueron retirados por funcionarios militares desde la Escuela de Artillería y trasladados hasta el polígono de tiro General Bari. Una vez que llegaron al lugar, los militares dieron a los detenidos la orden de correr, tras lo cual procedieron a dispararles, sin darles la posibilidad de defenderse y causándoles la muerte, siendo luego sus cadáveres trasladados hasta la morgue del hospital de la ciudad.

En los días posteriores, fue publicado en diversos periódicos del país que la muerte de las personas se debió a un intento de fuga.
SANTIAGO.- El ministro de fuero Víctor Montiglio, quien indaga el caso "Caravana de la Muerte", resolvió absolver a dos generales y otros cinco ex uniformados aplicando la Ley de Amnistía al dictar sentencia en el episodio "San Javier".

La medida afecta a los militares (r) Gabriel del Río y Sergio Arellano Stark, y otros cinco procesados en el caso, por los secuestros y homicidios calificados de cuatro víctimas de la zona de la Séptima Región: los jóvenes socialistas Teófilo Arce, Leopoldo González, Segundo Sandoval y José Sepúlveda.

La sentencia no considera acreditado el delito del secuestro, dado que las personas mencionadas fueron detenidas conforme a la ley vigente en la época.

Junto con ello, el fallo considera como acreditada la existencia de los delitos de homicidio calificado en las víctimas, y considera como autores de dichos homicidios a Arellano Stark, Del Río y los oficiales Carlos Romero Muñoz, Mario Cazenave, José Parada Muñoz y Julio Barros Espinace, a quienes luego absuelve por la ley de Amnistía.

Montiglio rechazó además la demanda contra el fisco declarando prescrita la acción civil deducida.

Según lo establece el proceso, el 2 de octubre de 1973, los cuatro detenidos fueron retirados por funcionarios militares desde la Escuela de Artillería y trasladados hasta el polígono de turo General Bari. Una vez que llegaron al lugar, los militares dieron a los detenidos la orden de correr, tras lo cual procedieron a dispararles, sin darles la posibilidad de defenderse y causándoles la muerte, siendo luego sus cadáveres trasladados hasta la morgue del hospital de la ciudad.

En los días posteriores, fue publicado en diversos periódicos del país que la muerte de las personas se debió a un intento de fuga.

Respecto de la aplicación de normas internacionales, que harían improcedente la amnistía y la prescripción, el ministro concluye que no se dan los requisitos para considerar la existencia de un conflicto armado no internacional y sostiene que dichas leyes se encuentran plenamente vigentes.

Defensa de Arellano anuncia apelación

El abogado Jorge Ovalle, quien representa al general (r) Arellano Stark en el proceso Caravana, anunció que apelará a la decisión del ministro Montiglio debido a que no están conformes con la ley de Amnistía.

"La defensa del general (r) Arellano se ha declarado siempre contraria a la aplicación de la Amnistía con respecto al general. Ha hecho presente en las causas que se han tramitado a este respecto que el general es inocente por falta de participación suya en los hechos delictuales imputados, y que además el general (r) Arellano era contrario a toda represión conforme se encuentra acreditado en los informes respectivos", afirmó.

Por ello, Ovalle recalcó que la aplicación del decreto de ley en ningún caso favorece a su cliente, quien es partidario de que se aplique las sanciones que corresponden sin aplicar la Amnistía a quienes son realmente responsables de los hechos y no a quienes no han tenido participación de los delitos.

"La defensa del general va a apelar en atención a que no sólo no están acreditados los hechos que se le imputan, sino que por el contrario lo que está acreditado es su ausencia de participación en los hechos", concluyó Ovalle.

Gutiérrez: Montiglio debería dejar causas de derechos humanos

Por su parte, el abogado querellante en el caso, Hugo Gutiérrez, sostuvo que la decisión del magistrado es nuevamente errada. "Compromete gravemente al Estado chileno ante la comunidad internacional. Él es un agente del Estado que tiene que tomar en cuenta de que existen responsabilidades internacionales y una de esas es que en las causas de derechos humanos haya verdad y justicia. Él está infringiendo ese deber estatal", afirmó.

A juicio de Gutiérrez, Montiglio debería dejar las causas de derechos humanos que tiene porque tiene una opinión que la va a aplicar en todo el resto de los procesos.

Respecto de la decisión de la defensa de Arellano de apelar a la aplicación de la ley de amnistía, Gutiérrez aseveró que en los expedientes existen diversos antecedentes que dan cuenta de la responsabilidad del general (r) en los hechos.

Caso "Arica"

El ministro ya había absuelto anteriormente aplicando el mismo decreto ley a otros ex militares por el episodio "Arica", oportunidad en que además dejó libre de cargos al general (r) Sergio Arellano Stark.

En esa oportunidad, el pasado 13 de abril, el juez liberó de cargos a los oficiales de Ejército (r) Odlanier Mena Salinas, Luis Carrera Bravo y René Bravo Llanos, todos imputados como coautores de las muertes de los militantes socialistas Oscar Ripoll Codoceo, Julio Valenzuela Bastías y Manuel Donoso.

De la misma forma, dejó fuera de juicio al procesado general (r) Sergio Arellano Stark, por considerar que no tuvo participación en los hechos.

En una extensa resolución, Montiglio consideró acreditada la existencia de los homicidios calificados, y sostuvo que los imputados -excepto Arellano- obraron con premeditación conocida y sobre seguro, dando muerte a las víctimas.

En su fallo, el magistrado estableció que los inculpados eran absueltos por beneficiarles la amnistía dispuesta en el Decreto Ley 2.191 de 1978.