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Aseguradoras extenderán temporalmente plazos de denuncia por siniestro

Las pólizas involucradas en estas circunstancias son las coberturas adicionales de incendio.

02 de Marzo de 2010 | 12:31 | Por Teamai Teave, Emol
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Las aseguradoras debieran dar una respuesta a sus clientes dentro de un plazo de 90 días.

Harol Castillo, El Mercurio

SANTIAGO.- Las empresas aseguradoras extenderán el plazo para presentar las denuncias referidas a los daños ocasionados por el terremoto, que el pasado sábado asoló al país, según lo indicó el jefe de área de Protección al Inversionista y Asegurado, de la superintendencia de Valores y Seguros, Fernando Pérez.


"De acuerdo a las conversaciones y reuniones con los aseguradores, va a existir flexibilidad para que los asegurados puedan efectuar los trámites y las denuncias de siniestro a las compañías", explicó la autoridad.


"Dentro de 30 días no debería haber inconveniente", puntualizó Pérez respecto a la prórroga fijada, advirtiendo que de no existir, el plazo quedaría reducido a lo dispuesto por cada contrato.


De no alcanzar a presentar la denuncia dentro de este periodo, ya sea porque la persona asegurada se encontraba en la zona de catástrofe, buscando a algún familiar u otra circunstancia de peso, el funcionario de la superintendencia aclaró que "se aplica el principio de la fuerza mayor y no deberían aplicarse los plazos", advirtiendo que "siempre se puede apelar a la compañía directamente o a la superintendencia, presentando los antecedentes del caso".


Respecto al tipo de póliza involucrada con la catástrofe acaecida, se requiere que la persona haya contratado el seguro de incendio con cobertura adicional de sismo, salidas de mar o fenómenos de la naturaleza.


Una vez presentada la denuncia de siniestro, vía web o en las mismas oficinas de la aseguradora, la empresa cuenta con un periodo reglamentario de 90 días para dar una respuesta al cliente según el contrato contraído. No obstante, "se espera que las liquidaciones de siniestros que no son grandes riesgo se realicen mucho antes de este periodo", expresó el jefe de área.


"Las compañías han señalado que se van a hacer adelantos de indemnización también en aquellos casos que se presenten antecedentes suficientes que permitan establecer que procede el pago del seguro, para que la gente pueda ir anticipando gastos a prueba del pago de seguro", añadió Pérez destacando que se requiere de un procedimiento expedito.

Cómo hacer efectivo el seguro

1.Tener clara la póliza y la cobertura de ésta.
2. Individualizar a la compañía y concurrir a ella personalmente para presentar la denuncia o vía página web.
3. Acompañar la solicitud de liquidación con antecedentes o justificativos de los daños, que permita individualizar los bienes asegurados y los datos del propietario.
4. Una vez recibida la información, la compañía da origen a un procedimiento de liquidación.
5. Se designa a un equipo de personas irá a inspeccionar los bienes asegurados. En algunos casos, es posible que se liquide en forma directa, cuantificados los daños a través de algún presupuesto o alguna cotización.

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